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Consulta formulada por:
¿La devolución de una fianza a una subvención debe incluirse en la cuenta 347?
12.07.16
Hola,
Tenemos una duda respecto al modelo 347 de Hacienda.
Creemos que tenemos que declarar las subvenciones recibidas (superiores a 3000€), y entendemos que aunque sean subvenciones que se han concedido en un año diferente al de su ingreso, creemos que el criterio es el año en que hemos recibido el ingreso.
También tenemos en 2015 una devolución de una fianza de una subvención del ministerio de educación. ¿Ese ingreso tendría que ir en el 347 o no?
Un saludo y gracias por adelantado.
Respuestas
Opinión anónima
29.07.16
Salvo mejor opinión, les recomiendo que descarguen de Internet la Guía para el modelo 347 preparada por la Asociación Española de Fundaciones (AEF). La encontrarán en el siguiente enlace:
http://intranet.fundaciones.org/EPORTAL_DOCS/GENERAL/AEF/DOC-cw54e48aeb072f9/GuIamodelo347.pdf
Creo que les resultará más útil que cualquier explicación que yo pudiera darles al respecto.
He intentado adjuntarla a mi respuesta pero no me ha resultado posible.
Un atento saludo.