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Consulta formulada por:
Información sobre el régimen de prestación económica de un profesional
27.03.06
¿Podemos facturar una prestación de 60€ semanales que abonamos a una persona si no está contratada por nuestra asociación?
Sabemos que los voluntarios no pueden recibir gratificaciones económicas, pero nos preguntábamos ¿cómo podemos pagarle a una profesional sanitaria que imparte todas las semanas un taller de uno de nuestros programas para alumnos de secundaria?
Muchas gracias de antemano.
Respuestas
Opinión anónima
29.03.06
SE LA PODRÍA CONSIDERAR A ESTA PERSONA COMO UN PROFESIONAL AUTONOMO Y POR TANTO FACTURARLA COMO TAL EN LOS IMPUESTOS TRIMESTRALES Y ANUALES EN LA CASILLA DE PROFESIONALES HACIENDO CONSTAR LA CUANTÍA QUE PERCIBE SIN NECESIDAD DE MANTENER UN CONTRATO LABORAL CON LA EMPRESA EN LA QUE PRESTA SERVICIOS
Opinión anónima
30.03.06
A la vista de la información que trasciende de su consulta, que la considero incompleta, si le digo que si factura al profesional a que se refiere, como autónomo, además de tributar convenientemente, éste deberá estar de alta en el Régimen de la Seguridad Social correspondiente, con independencia de que ya esté de alta por cuenta ajena.
De esta forma el importe de los honorarios recibidos por el profesional no compensaría el pago de Seguridad Social e impuestos.