Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

pedro lopez

Hemos recibido unos productos de un negocio que ha cerrado ¿Cómo debemos valorar esta donación?

27.10.16

Hola,

Hemos recibido una cantidad de productos, que nos ha donado un señor al cerrar su negocio, y se nos plantea unas dudas.
1º es nuestra primera donación y no sabemos bien como valorarlo ¿Cómo hacerlo?
2º nos gustaría poder dar estos productos a cambio de una pequeña donación simbólica. Digamos 50 céntimos de euro ¿Esto se puede hacer?
3º se acercan las Navidades y creemos que es buena época para recaudar fondos ¿Se podría realizar una especie de rifa cambio de una donación?

Estas han sido las ideas que se nos han ocurrido, y no sabemos si son legales, como ya sabréis todos, hacienda esta que muerde, y no queremos tener problemas con esta cuestión.

Saludos
Pedro López

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

30.11.16

Lo ideal es que sea al propio donante quien los valores, por ejemplo, en un albarán donde se relaciones los productos y su valor.

La entrega de estos productos a cambio de “una donación”, es una venta, no una donación y por la venta debería repercutirse IVA y cumplir con las obligaciones fiscales inherentes a este impuesto. Con la rifa ocurre algo parecido.

Otra cuestión es que por lo insignificantes que puedan ser los ingresos los llamemos donación en lugar de venta, pero en teoría eso no es correcto.

Saludos.

Juan Gonzalez Martín-Palomino.

avatar
#2

Respuesta del participante:

pedro lopez

30.11.16

Gracias Juan
Ya sabemos que es una venta, y la verdad es que ni siquiera lo hemos intentado por lo mismo estamos estudiando otras formas de dar salida a los productos, dándonos de alta en el iae correspondiente, pero de momento estamos parados.
Una preguntilla más ¿al ser un producto donado. Cuando se vende en un mercadillo benéfico o similar se tiene que ampliar el iva de los productos donados que no han sido pagados con fondos de la asociación?
Es que estuve hace poco en hacienda y no supieron explicarme muy bien el tema.
Lo digo porque resulta que al no poder repercutir IVA ya que no a hay factura esto es la pecadilla que se muerde la cola.
Un saludos y muchas gracias a todos

solucionesong.org
Un proyecto de