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¿Hay que amortizar la factura de un vehículo si he recibido una subvención para comprarlo?
24.05.23
Buenas tardes,
En nuestra asociación este año nos han concedido una subvención para adquirir un nuevo vehículo eléctrico y mi duda es si hay que amortizar la factura de la compra de dicho vehículo cuando he recibido esta subvención para pagarlo.. y por lo tanto el dinero ha entrado (subvención) y se ha pagado al proveedor..
Mi duda es si es posible dejar la subvención en una cuenta 7xxx y el gasto en una cuenta 6xx de manera que consta tanto el gasto como el ingreso en la cuenta de resultados?
¿Se puede hacer de esta manera? ¿o es obligatorio llevarlo a amortizar? en ese caso como hago para que en la cuenta de resultados no parezca que he tenido un ingreso de 60.000 y solo aparezca una parte del coste (la que corresponda amortizar) ya que el coste del vehículo lo tengo cubierto con dicha subvención?
Muchas gracias!!
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
24.05.23
En relación con vuestra consulta por supuesto que hay que amortizarlo; debe darse de alta como inmovilizado en la cuenta 218 y amortizarlo anualmente según los porcentajes previstos en la tabla de amortización. Puesto que la subvención lo es al capital, no se lleva a una cuenta de 740 de ingresos, sino a cuenta 130 de subvenciones oficiales de capital; está cuenta se irá llevando a ingresos (a la cuenta 746) en la misma proporción que se vaya amortizando los bienes subvencionados.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.
Respuesta del participante:
31.05.23
Apreciado Juan,
Muchisimas gracias por tu respuesta! me has aclarado mucho!
Saludos
Margalida Valero