Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

Elena Sanz Vázquez

¿Hay algún aspecto legal a tener en cuenta para trabajar el voluntariado?

01.07.09

Somos una asociación sin ánimo de lucro de ámbito rural, con 10 años de experiencia en el sector de la educación y dinamización social.


Nos estamos planteando seriamente trabajar e impulsar el voluntariado en proyectos de apoyo social, como un medio más de mejorar la calidad de vida de la comarca donde nos encontramos.


No sabemos si una asociación generalista puede dedicarse a esta tarea sin modificar los estatutos. ¿Hay algún aspecto legal a tener en cuenta para trabajar el voluntariado?


Gracias.

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Muy buena

Aportada por:

Montse de Paz

Fundación ARSIS

Trabaja en:

Asesor particular

01.07.09

Hola, Elena,

por lo que veo, vuestra asociación es altruista, así que puede aceptar voluntariado sin problema.

Para trabajar con voluntarios tenéis que tener en cuenta dos aspectos “legales” básicos: firma de un acuerdo de voluntariado, escrito, por ambas partes (la asociación y el voluntario) donde se estipule su horario, tareas, etc. y luego debéis suscribir dos pólizas de seguro que cubran a vuestros voluntarios: una de responsabilidad civil y otra de accidentes.

En cuanto al otro aspecto, el humano, que es esencial, tendréis que tener en cuenta muchas otras cosas… El liderazgo, la formación, el seguimiento, la motivación… En este portal encontraréis pistas (canal temático RRHH y voluntariado) y también hay varios cursos que se ofrecen al respecto. Si quieres más información, o si te interesa ver algún modelo de documento de compromiso de voluntariado, certificado, etc., te puedo enviar.

Un saludo y enhorabuena por vuestra iniciativa,

Montse de Paz

avatar
#2

Opinión anónima

01.07.09

Cualquier asociación sinánimo de lucro puede contar con voluntarios siempre y cuendo tenga un proyecto bien definido donde se detalle el tipo de tareas y de gestión.
Según la ley de voluntariado algunas de las cosas a tener en cuenta son:
1. COMPROMISO ESCRITO entre la entidad y el voluntariado donde se deje constancia de la relación de colaboracion no remunerada.
2. COBERTURA DE GASTOS. El voluntariado no cobra pero genera gastos- Hay que preveer en el presupuesto la cobertura de gastos derivados propiamiente de la acción voluntaria: salidas, desplazamientos, dietas, material..

3. SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL Y ACCIDENTES: El voluntariado puede realizar activitades que pueden suponer un riesgo para él o para otros. Es por eso que la ley exige que la entidad contrate una póliza que garantice a la persona voluntaria una cobertura por asistencia sanitaria, por accidentes sufridos durante la acción voluntaria así como por daños ocasionados a terceros.
l
4. REGISTRO DE ALTAS Y BAJAS: de las personas que colaboren con vosotros. La ley da libertad a la hora de gestionar el registro, pero establece la obligación de recoger la filiación completa juntamente con la fecha actualizada de alta y baja.

5. EXPEDICIÓN DE CERTIFICADO DE COLABORACIÓN VOLUNTÀRIA: es un derecho de la persona voluntaria la constancia pública de colaboración con una enditad. La organitzación tendrá que expedir el documento correspondiente a petición del voluntario, certificando la existencia de la colaboración, su duración y características.
Para más información (modelos de documentación, compañías de seguros especializadas en voluntariado…) podeis contactar con la plataforma estatal de voluntariado
C/ Fuentes, 10, 1º Izda. 28013 - Madrid
Tlf: 902 12 05 12 - 91 541 14 66
Fax: 91 541 14 21
correo-e: info@plataformavoluntariado.org

avatar
#3

Respuesta del participante:

Elena Sanz Vázquez

06.07.09

Perdonamé Montse, olvidé evaluarte. Muy bien. como siempre. Gracias

solucionesong.org
Un proyecto de