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Facturación en entidades de carácter social
07.06.19
Hola,
Somos una entidad de Utilidad Pública. Nuestro principal servicio es dar terapia a personas con discapacidad, y al ser una entidad de carácter social, estamos exentos de IVA al facturar estos servicios.
Dentro de nuestros estatutos también se contempla la realización de cursos, seminarios, ponencias, etcétera. ¿Esto también se facturaría sin IVA o tendríamos que facturarlo con IVA?
Gracias.
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
07.06.19
Las exenciones en el IVA son principalmente objetivas (salvo excepciones), por lo que la exención o no en el IVA va a depender del tipo de actividad que se realice. Así, si una asociación declarada de utilidad pública vende bienes o productos, están ventas estarán en todo caso sujetas, y no exentas, al IVA. Por lo que respecta a los cursos y seminarios, estos estarán exentos de IVA siempre que se refieran a materias incluidas en algún plan de estudios oficial. En caso contrario, no. Debéis analizar esto.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.
Opinión anónima
11.06.19
Hola,
Tal y como comenta Juan, la exención del IVA viene determinada por la actividad, no por la naturaleza de la entidad que lo desarrolla. Los supuestos de exención de este impuesto vienen recogidos en el art.20. Esos son los supuestos en los que una entidad de carácter social puede acogerse
Por tanto, para saber si están exentos o no, debería analizarse en qué consiste exactamente la actividad que se desarrolla y su relación con sus fines sociales
Espero haberte despejado las dudas.
Estamos a vuestra disposición
Salvador
puche 29 consultoria