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Consulta formulada por:
¿Existe un versión posterior del III Convenio colectivo estatal de instalaciones deportivas y gimnasios?
27.03.18
Hola:
Somos un club deportivo adherido al III Convenio colectivo estatal de instalaciones deportivas y gimnasios (código de convenio núm. 99015105012005).
Este convenio se publicó en el BOE 239 de 2/10/2014, o al menos ésta es la última versión de la cual disponemos. Nos gustaría saber si hay una versión posterior de dicho convenio colectivo y dónde encontrarla.
Muchas gracias.
Respuestas
Muy buena
Aportada por:
Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
Trabaja en:
Asesor particular
28.03.18
Estimada Josep: en relación con la consulta planteada, paso a informarle lo siguiente: en primer lugar, la cuestión que nos traslada viene dada por el hecho de si se ha formulado la denuncia del III Convenio colectivo estatal de instalaciones deportivas y gimnasios (código de convenio núm. 99015105012005), que fue suscrito, con fecha 11 de julio de 2014, de una parte por la Federación Nacional de Empresarios de Instalaciones Deportivas (FNEID), en representación de las empresas del sector, y, de otra, por los sindicatos UGT y CC.OO., en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, siendo publicado en el BOE núm. 239 de 2 de octubre de 2014 mediante Resolución de 19 de septiembre de 2014, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo estatal de instalaciones deportivas y gimnasios.
Al respecto, es de aplicación al supuesto en ciernes el artículo 3 de dicho Convenio colectivo de carácter estatal, el cual establece lo siguiente:
Artículo 3. Ámbito temporal.
“3.1 La vigencia del presente Convenio Colectivo se extiende desde la fecha de su firma, salvo los efectos económicos que iniciarán su vigencia, desde 1 de enero de 2014 con las excepciones establecidas en este convenio, hasta el día 31 de diciembre de 2015, con independencia de la fecha en que se lleve a efecto su publicación oficial por el organismo administrativo competente.
La denuncia del presente convenio podrá ser formulada, dentro del plazo antes señalado, por cualquiera de las partes que lo han firmado mediante escrito dirigido a todas las demás partes negociadoras que lo suscribieron y al organismo administrativo competente.
Para el supuesto de que se formule la denuncia del Convenio y finalice la duración prevista para el mismo o para cualquiera de sus prórrogas, se mantiene la vigencia de su contenido, tanto obligacional como normativo, hasta que sea sustituido por un nuevo Convenio, con la excepción del artículo 36.
3.2 Prórrogas. Este Convenio Colectivo podrá ser prorrogado expresa o tácitamente. Se entenderá prorrogado tácitamente, por periodos anuales, si no mediara aviso de denuncia formulado por cualquiera de las partes, con al menos un mes de antelación a la finalización de su vigencia o de la prórroga en curso.”
Con todo lo anterior, al no haber sido denunciado dicho Convenio a fecha 31 de diciembre de 2015, de suyo, el mismo se entiende prorrogado tácitamente por períodos anuales, siendo dable traer a colación la noticia referida a la ruptura de negociaciones por el IV Convenio estatal de instalaciones deportivas y gimnasios, manteniéndose el III Convenio hasta finales de 2019, tal como se refiere en el siguiente link de enlace: http://www.cmdsport.com/esencial/cmd-fitnessgym/se-rompen-las-negociaciones-iv-convenio-colectivo-los-gimnasios/
Espero haberle ayudado.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com
Respuesta del participante:
29.03.18
Muchas gracias por su extensa y concisa respuesta. Estaremos al tanto de la evolución del Convenio.
Opinión anónima
05.04.18
En este enlace http://treball.gencat.cat/es/consell_relacions_laborals/convenis_colectius/quin_conveni_aplicar/dictamens/ buscando en lal etra D (deportes) os salen los convenios aplicables en el ámbito deportivo en Cataluña. Yo soy gallego, en Galicia se rigen por el convenio autonómico y no por el estatal, en caso de duda consultarlo llamando á área de la Generalitat que lleve Relaciones Laborales.
Saludos
Opinión anónima
09.04.18
El III Convenio colectivo estatal de instalaciones deportivas y gimnasios sí está denunciado por la fuerza sindical e noviembre de 2015, como se puede apreciar en la siguiente noticia ( https://www.cmdsport.com/esencial/cmd-fitnessgym/la-fneid-convenio-colectivo/ ) y así mismo lo han expresado desde UGT Juventud vía Twitter ( https://twitter.com/ugtjuventudcec/status/940576471814496257 ). Aunque es cierto que algunas noticias ( http://www.fesmcugt.org/noticia/se-paraliza-la-maniobra-patronal-para-dejar-sin-convenio-a-miles-de-trabajadores-de-instalaciones-deportivas-id-7113.htm ) ese mismo sindicato afirma que está vencido. La cuestión no es menor, pues si está vencido estaría prorrogado (y se aplicaría el artículo 36 de Incrementos salariales), mientras que si está denunciado quedaría excluido de la vigencia del texto el artículo 36. La realidad es que está denunciado desde noviembre de 2015 y, por tanto, el año 2015 fue el último año que se aplicaron los incrementos salariales recogidos en el convenio colectivo.
De todos modos, está próximo a publicarse el IV Convenio colectivo estatal de instalaciones deportivas y gimnasios, que irá acompañado de un 3% de aumento salarial, con el consiguiente pago con carácter retroactivo de los atrasos salariales generados desde el 1 de Enero de 2018 ( http://www.fesmcugt.org/noticia/firmado-el-iv-convenio-estatal-de-instalaciones-deportivas-y-gimnasios-id-10885.htm )y que estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2019.
Un saludo.
Sueldo Socorrista.
Respuesta del participante:
11.04.18
Muchas gracias por su respuesta. Es exactamente lo que queriamos saber.