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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Laura Robledo Giron

¿En qué cuenta registro una prestación de servicios de la actividad de la fundación que ha sido facturada?

11.06.13

Hola,

¿En qué cuenta registro una prestación de servicios de la actividad propia de la fundación que ha sido facturada?
En el cuadro de cuentas sólo veo la cuenta 705 pero señalan que el subgrupo 70 es para las actividades mercantiles, siendo así enclavada en la Cuenta de Resultados, sin embargo, las prestaciones de servicios que realizamos y en ocasiones facturamos son vinculadas completamente con nuestros fines.

Saludos y gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Nacho Calvo

Trabaja en:

Asesor particular

12.06.13

Yo haría una subcuenta del grupo 705 y pondría ahí el importe.

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#2

Opinión anónima

12.06.13

Hola Laura,
A falta de más información, parece que la cuenta a utilizar es la 705, como prestación de servicios.
Otra cuestión es si fueran seminarios o cursos, por los que a la persona que asiste se le cobra un porcentaje del coste. En este caso, podría contabilizarse como una cuota de usuario (721), que está integrada en el epígrafe “Ingresos de la actividad propia”.
Gracias
Salvador
puche29

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#3

Aportada por:

Juan de Dios Pérez Romero

http://www.consultoriadefundaciones.es/

Trabaja en:

Consultoría de Fundaciones

12.06.13

Si el servicio prestado forma parte de vuestra actividad propia (fines) no utilices la cuenta 70 sino la 72.

Saludos,

Juande

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#4

Opinión anónima

13.06.13

Salvo mejor opinión, los ingresos derivados de actividades que forman parte de los fines de la Fundación deben de registrarse en cuentas del Subgrupo 72. INGRESOS PROPIOS DE LA ENTIDAD.

En el caso que se comenta, al tratarse de una actividad por la que se ha facturado una determinada cantidad a los beneficiarios correspondería registrar el ingreso imputándolo a una cuenta de detalle de la partida 721. Cuotas de usuarios. Atendiendo a lo que se establece en el Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y el modelo de plan de actuación de las entidades sin fines lucrativos (archivo adjunto):

“721. Cuotas de usuarios Cantidades percibidas de los usuarios en concepto de participación en el coste de la actividad propia de la entidad. Se citan a título indicativo, las cuotas por participaciones en congresos, cursos, seminarios, así como las derivadas de entregas de bienes, prestaciones sociales o asistenciales.” (sic)

Un atento saludo.

Esta aportación tiene un documento que la complementa. ¡Descárgalo!

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