Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

Jorge Saavedra Delgado

¿En qué cuenta deben consignarse los sellos de correos y los gastos por hospedaje y dominio de nuestra web?

29.12.03

¿En qué cuenta deben consignarse los sellos de correos y los gastos por hospedaje y dominio de nuestra web?

Muchas gracias.

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Opinión anónima

30.12.03

Si los sellos son gastos corrientes en la cuenta 629. Otros gastos
Para los gastos de hospedaje y dominio de la web dependerá de si abarcan un ejercicio o varios, se utiliza la cuenta 628. Suministros si se consideran suministros las comunicaciones, si no la 629. Otros servicios. Si el contrato abarca más de un ejercicio ese gasto debe repercutir en todos los ejercicios que abarque, la parte correspondiente a cada ejercicio se determina linealmente al tiempo de duración del contrato, para ello en el primer ejercicio se traspasa el saldo que repercutirá en ejercicios futuros a la cuenta 480. Gastos anticipados:
(Cargo) 480.Gastos anticipados a
(abono) 628 o 629
Por el importe de los ejercicios siguientes, de forma que la cuenta 628 o 629 utilizada quede con el saldo que corresponde a este ejercicio
En los ejercicios siguientes hay que hacer los asientos contrarios, para imputar a resultados la parte que corresponda:
(Cargo) 628 o 629 a
(abono) 480.
En el último ejercicio la cuenta 480 quedará saldada.

avatar
#2

Opinión anónima

05.01.04

Estimado Jorge:

Tanto uno como otro tipo de gastos se pueden recoger en la cuenta 629 “Otros servicios” que incluye todos aquellos no recogidos en otras cuentas tales.

Efectivamente tal y como señala Antonio en el caso de que se haya firmado un contrato plurianual para el hospedaje de la página web el gasto se ha distribuir entre los distintos ejercicios, llevándose a la cuenta de resultados únicamente el gasto imputable al ejercicio de que se trate.

Un cordial saludo.

solucionesong.org
Un proyecto de