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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Llanos Rodríguez

¿En qué cuenta correspondería poner subvenciones dinerarias recibidas para 2019?

13.12.18

Hola:

Formulé dos veces la consulta que dejo de nuevo a continuación. En ambos casos se me ha pedido más info, quedando finalmente sin responder, por lo que hago un nuevo intento, tratando de ofrecer toda la info.

Este año hemos recibido en nuestra asociación una serie de subvenciones (aportaciones dinerarias) para un proyecto de cooperación que se ejecutará el año próximo (2019). Es decir, las transferencias han sido recibidas y contabilizadas en la cuenta 57 en este año 2018 (debitadas en la cuenta 57 y abonadas en la cuenta correspondiente del grupo 7).

Puesto que el ingreso efectivo es de 2018 y el gasto efectivo será en 2019 no queremos desvirtuar los balances, ya que al tratarse de una cantidad importante, podría provocar un balance negativo en 2019, al contabilizar entonces el gasto efectivo de este dinero.

He estado buscando por la red y entiendo que quizás el mejor modo es llevarlo al final de año a la cuenta 485. He encontrado esto respecto a esta cuenta:

a) Se abonará al cierre del ejercicio, con cargo a las cuentas del grupo 7 que hayan registrado los ingresos correspondientes.

b) Se cargará, al principio del ejercicio siguiente, con abono a cuentas del grupo 7.

¿Es correcto?

Muchas gracias de antemano. Saludos.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

14.12.18

Le solicité que aclarara la naturaleza jurídica de las subvenciones y usted insiste en no hacerlo. ¿Por qué?

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#2

Respuesta del participante:

Llanos Rodríguez

14.12.18

Adolfo:

Entiendo que ha quedado suficientemente claro que se trata de un dinero obtenido paras un proyecto de cooperación a ejecutar el año próximo, por lo que no se trata de subvención de capital como se puede deducir.
Tal como explico en mi última consulta, la entrada de dinero ya se ha contabilizado debidamente: debitando a la cuenta 57 y abonando a la cuenta del grupo 7 correspondiente. Mi duda no es cómo contabilizar la entrada de dinero, puesto que eso ya lo he hecho.

Como se puede leer en mi consulta, mi duda es otra.

Puesto que el ingreso efectivo es de 2018 y el gasto efectivo será en 2019 no queremos desvirtuar los balances, ya que al tratarse de una cantidad importante, podría provocar un balance negativo en 2019, al contabilizar entonces el gasto efectivo de este dinero.

He estado buscando por la red y entiendo que quizás el mejor modo es llevarlo al final de año a la cuenta 485. He encontrado esto respecto a esta cuenta:

a) Se abonará al cierre del ejercicio, con cargo a las cuentas del grupo 7 que hayan registrado los ingresos correspondientes.

b) Se cargará, al principio del ejercicio siguiente, con abono a cuentas del grupo 7.

¿Es correcto?

Sería de gran ayuda la respuesta a mi pregunta. Gracias por el interés.

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