Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

Sergio Diaz Martín

El banco me ha pedido información personal en base a la Ley de blanqueo de capitales ¿qué sabéis de ésto?

18.05.12

El banco donde tenemos la cuenta de la asociación me ha pedido información personal de mis ingresos y mi actividad basándose en la ley del blanqueo de capitales.

Dicen que es una “comprobación rutinaria” pero me ha llamado la atención porque no se por qué me piden información personal que nada tiene que ver con el funcionamiento de la asociación Nosotros tenemos todo perfecto, todos los pagos y cobros a través del banco, todas las facturas en regla, la exención de IVA, etc. pero quizá yo pensaba que podríamos gestionar la cuenta de la asociación de esta forma y estemos equivocados.

Ya antes de conseguir la exención de IVA, la agencia tributaria nos hizo cuatro requerimientos en dos años (todo en orden), y ahora esto, ¿teneis experiencia al respecto?

Gracias y Un cordial saludo

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Opinión anónima

18.05.12

Hola Sergio, no tengo experiencia al respecto. Pero si tu no eres cliente del banco aunque lo sea tu asociación, no entiendo que te pidan datos tuyos personales ni de tu actividad.

No conozco la ley de blanqueo de capitales, pero voy a revisarla. A ver si algún compañero/a puede decirte algo más.

Saludos

avatar
#2

Opinión anónima

18.05.12

Hola Sergio, no tengo experiencia al respecto. Pero si tu no eres cliente del banco aunque lo sea tu asociación, no entiendo que te pidan datos tuyos personales ni de tu actividad.

No conozco la ley de blanqueo de capitales, pero voy a revisarla. A ver si algún compañero/a puede decirte algo más.

Saludos

avatar
#3

Opinión anónima

19.05.12

Hola Sergio, te copio el artículo de la ley que habla de las Fundaciones y Asociaciones.

Aunque sigo sin entender que el banco pregunte por tus propios datos, en todo caso por los de la Asociación.

Artículo 39. Fundaciones y asociaciones.

El Protectorado y el Patronato, en ejercicio de las funciones que les atribuye la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y el personal con responsabilidades en la gestión de las fundaciones velarán para que éstas no sean utilizadas para el blanqueo de capitales o para canalizar fondos o recursos a las personas o entidades vinculadas a grupos u organizaciones terroristas.

A estos efectos, todas las fundaciones conservarán durante el plazo establecido en el artículo 25 registros con la identificación de todas las personas que aporten o reciban a título gratuito fondos o recursos de la fundación, en los términos de los artículos 3 y 4 de esta Ley. Estos registros estarán a disposición del Protectorado, de la Comisión de Vigilancia de Actividades de Financiación del Terrorismo, de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias o de sus órganos de apoyo, así como de los órganos administrativos o judiciales con competencias en el ámbito de la prevención o persecución del blanqueo de capitales o del terrorismo.

Lo dispuesto en los párrafos anteriores será asimismo de aplicación a las asociaciones, correspondiendo en tales casos al órgano de gobierno o asamblea general, a los miembros del órgano de representación que gestione los intereses de la asociación y al organismo encargado de verificar su constitución, en el ejercicio de las funciones que tiene atribuidas por el artículo 34 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, cumplir con lo establecido el presente artículo.

Atendiendo a los riesgos a que se encuentre expuesto el sector, podrán extenderse reglamentariamente a las fundaciones y asociaciones las restantes obligaciones establecidas en la presente Ley.

avatar
#4

Opinión anónima

23.05.12

Todos los bancos han pedido lo mismo, a nosotros tambien, pero solo de la asociación

solucionesong.org
Un proyecto de