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Consulta formulada por:
Dudas para contabilizar diferentes gastos e ingresos
26.12.10
Hola,
Somos una asociación cultural cuyas actividades consisten principalmente en organizar talleres diversos, por los que se cobra una cuota a l@s usuari@s para cubrir los gastos de alquiler de la sala en que se desarrolla el taller (no tenemos local), y organizamos festivales culturales (de un fin de semana en un albergue generalmente).
También se les cobra a l@s participantes para cubrir los gastos del alojamiento, comida. En general los ingresos nuestros son un poco superiores a los gastos.
Mis preguntas son las siguientes:
1- ¿Lo que hacemos se considera actividad económica por la que tenemos que declarar el IS?
2- ¿Se pueden contabilizar los ingresos de los talleres en la cuenta 720 (Cuotas de usuarios)?
3- Y los ingresos de los festivales, ¿en qué cuenta habrá que meterlos?
4- ¿En qué cuenta podría meter los gastos generados por los servicios que nos prestan los albergues (alojamiento, comida)?
Gracias.
Respuestas
Aportada por:
Asesora voluntaria
Trabaja en:
Asesor particular
27.12.10
Hola Karima,
Te respondo según la numeración de tus dudas, ok?
1.- Presentaremos IS si nuestro volumen de ingresos supera el 1.000.000 €/año o tenemos facturas con retención superiores a los 2.000 €.
2.- Ok con la cuenta 720 para los talleres
3.- Yo utilizaría la 722 Promociones para captación de recursos
4.- En la 629 podéis crear 6290100 Comidas, 6290200 Alojamiento, etc
Saludos y felices fiestas !!
Eva.
Aportada por:
Experto en contabilidad
Trabaja en:
Asesor particular
27.12.10
Buenos días Karima,
coincido con Eva, aunque hay dos cosas que agregar:
1) El límite de IS es cien mil euros (100.000.-) de ingresos.
2) El Plan General Contable tiene 5 partes, una de ellas es el cuadro de cuentas, el mismo no es obligatorio, pero es aconsejable seguir la numeración de cuentas del plan. Lo impòrtante es tener identificados en la contabilidad los distintos conceptos de ingresos y gastos.
Que tengas buen día,
FELICIDADES!!
Osvaldo Sartorio
Aportada por:
Asesor Económico Contable
Trabaja en:
Asesor particular
27.12.10
Hola Karima,
De acuerdo con Eva. Supongo que habéis pedido la exención del IVA, pero por los alquileres estáis soportando el 18,00% que os representa un más coste. Si por el alojamiento y comida soportáis el 8,00%, si pedís la no exención del IVA, el que repercutáis será el 8,00% y quedáis enrasados, pero os podéis deducir el 18,00% de los alquileres y queda como más ingreso.
Para hacer el IS vuestros ingresos han de superar los 100.000,00 euros.
Saludos cordiales.
Jaume Navarro (jaume.navarro@telefonica.net)
Aportada por:
Asesora voluntaria
Trabaja en:
Asesor particular
27.12.10
Ups, perdón, efectivamente son 100.000 euros/año
Gracias compañeros !!
Felices fiestas,
Eva
Respuesta del participante:
27.12.10
Muchíssimas gracias a tod@s, me ha sido de gran utilidad.
Jaume: Fui a Hacienda para pedir exención del IVA, y me dijeron que ya a partir del 01/01/2010 no hacía falta solicitar la exención, se concede automáticamente. ¿habré entendido mal?
Gracias de nuevo
¡Felices fiestas a tod@s!