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Duda con elecciones a junta directiva (¿candidatura individual o colectiva?)
16.10.20
Buenas tardes,
En mi asociación vamos a celebrar en Asamblea Extraordinaria las elecciones a Junta Directiva, ya que toca renovarla.
La cosa es que en nuestros estatutos dice:
“Artículo 17. Elección.
Para formar parte de la Junta Directiva serán requisitos imprescindibles ser mayor de edad, estar en pleno uso de los derechos civiles y no estar incurso o incursa en los motivos de incompatibilidad establecidos en la legislación vigente.
Los miembros de la Junta Directiva serán elegidos, entre los socios, en Asamblea General Extraordinaria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de los Estatutos.
Convocada Asamblea General para la designación de la Junta Directiva, los socios que pretendan ejercer su derecho a ser p(destacado). elegidos, tendrán que presentar su candidatura con una antelación, como mínimo, de veinticuatro horas a la celebración de la Asamblea.
Producida una vacante, la Junta Directiva podrá designar a otra persona que forme parte de ésta para su sustitución provisional, hasta que se produzca la elección definitiva por la Asamblea General convocada al efecto.”
Donde dice “Elegidos” hay una llamada con nota a pie de página que dice: “La forma para el ejercicio del derecho al sufragio pasivo puede establecerse en forma individual, o colectiva por listas abiertas o cerradas“.
El caso es que nosotros hemos enviado a nuestros socios un modelo de candidatura individual y otro colectiva, y hay quien nos ha presentado una candidatura individual y quien nos ha presentado una lista cerrada. ¿Cómo se procede en estos casos a la hora de la elección? ¿Teníamos que previamente haber determinado una de las dos formas? ¿Quién tenía que haberlo hecho?
Espero vuestras respuestas, un saludo
Respuestas
Aportada por:
Abogada
Trabaja en:
Asesor particular
17.10.20
Teneis unos Estatutos que están redactados de una forma que yo calificaría como de demasiado abierta.
Lo lógico es que la Junta Directiva hubiese adoptado un acuerdo que aprobase un reglamento de elecciones y en el que se solucionase esa defectuosa redaccíon que puede crearos problemas. Este Reglamento debería ser aprobado por la Asamblea
Así que, en pro de la paz de la Asociación, lo que corresponde es hacer una nueva Junta, en la que: 1) se anule la convocatoria de elecciones a Junta Directiva, 2)se apruebe haga ese Reglamento de elecciones o al menos se determine como va a ser la presentación de candidaduras, individual, abierta o cerrada y 3)determinación de la nueva fecha para esas elecciones.
Si no quereis hacer ese Reglamento electoral, teneis, necesariamente, que modificar los Estatutos y determinar el sistema para el futuro.