Consultas Online
Consulta formulada por:
¿Dónde se contabiliza una indemnización de otra empresa?
27.05.10
Buenos días,
Necesitaría saber dónde puedo contabilizar una indemnización que hemos recibido por una empresa de construcción, debido a que al demoler el edificio que estaba al lado de nuestra oficina, causó daños en el despacho.
No se si tendría que contabilizarlo en una cuenta de ingresos excepcionales o si existe alguna específica para este tipo de casos.
Gracias y un saludo
Respuestas
Excelente
Aportada por:
Colaborador en Contabilidad y Fiscalidad www.balendu.org
Trabaja en:
Asesor particular
27.05.10
Estimada Isabel,
Una opción sería contabilizarlos en la 778 Ingresos Excepcionales. Los gastos ocasionados por la reparación irían a la 678 gastos excepcionales.
Aunque quizás lo más correcto sería contabilizarlo en el haber de la 678, minorando dichos gastos ocasionados por la reparación. Y si sobrepasa dicha cantidad, darlo de alta en la cuenta 778. De esta forma no quedarían "inflados" los conceptos "excepcionales" en la cuenta de resultados del ejercicio.
Espero haberte servido de ayuda.
Un saludo cordial,
Bernardo Naranjo
gestion@balendu.org
La respuesta no es vinculante
Excelente
Aportada por:
Asesor Económico Contable
Trabaja en:
Asesor particular
27.05.10
Estimada Iabel,
Como apunta el compañero Bernardo yo utilizaría la cuenta 678 para los gastos ocasionados y la 778 para la totalidad de la indemnización recibida, aunque los saldos de las cuentas puedan parecer "inflados". En la Memoria Económica del ejercicio explicaría los motivos que han ocasionado los saldos elevados de estas cuentas.
Saludos cordiales.
Jaume Navarro (jaume.navarro@telefonica.net)