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Donaciones a Fundaciones ventajas
22.05.23
Buenos días, somos una Fundación, y un empresario privado nos quiere hacer una donación, nos pregunta que ventajas fiscales tienes. ¿Teneis información?
Saludos
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
22.05.23
Los donativos a fundaciones dan derecho a deducción en el IRPF del donante en los siguientes porcentajes: hasta 150 euros el 80%; exceso de ese importe el 35%. Además, si en los dos períodos impositivos inmediatos anteriores se hubieran realizado donativos a favor de una misma entidad por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior, el porcentaje de deducción del 35% subirá al 40 por ciento. Todo ello con el límite del 15 por 100 de la base liquidable del donante.
En el Impuesto sobre Sociedades la deducción a aplicar es del 35% del donativo sobre la cuota íntegra, pudiendo elevarse al 40% si en los dos años anteriores se hubieran realizado donaciones a esa misma entidad, también con un límite del 10% de la base imponible del ejercicio; si las cantidades exceden de este límite, se podrán aplicar en los 10 años siguientes.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.