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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Rafi Muñoz Rochel

Distribución de beneficios

08.03.23

Hola , soy miembro de una asociación sin ánimo de lucro, pero no declarada de utilidad pública..
Hemos pensado destinar a los socios que cumplan unos determinados requisitos ,ayudas para la adquisición de material ortopédico(sillas de ruedas, caminadores….) .Estas ayudas serían parte de los beneficios generados en los diferentes actos benéficos.
Esto es posible?o jurídicamente no lo podemos hacer?
Muchas gracias por su repuesta
Rafi Muñoz

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

09.03.23

En relación con vuestra consulta, indicaros que sí lo podéis hacer; no obstante, los socios deberán tener en cuenta las posibles implicaciones fiscales para ellos de estas ayudas, que, en teoría, deberían tributar en su renta.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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#2

Aportada por:

Juan Pablo Blanca Pérez

Abogado laboralista ejerciente. Especialista en derecho laboral, seguridad social y prevención de riesgos laborales.

Trabaja en:

Asesor particular

11.03.23

Buenos días,
Sí, lo podéis hacer, pero debéis tenerlo todo perfectamente legalizado. Cada compra con su factura correspondiente detrás y dejando constancia de ello en los libros de la asociación.
Un saludo

solucionesong.org
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