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Consulta formulada por:
¿Debemos esperar a que la asociación cumpla dos años para presentar el modelo 182?
15.01.13
Hola,
Saber si podemos presentar el F.182, de los donativos que recibimos. Fuimos inscritos en mayo del 2011, como asociación.
¿Ya lo podemos presentar o debemos esperar a cumplir los 2 años y presentarlo en el 2014?
Gracias.
Respuestas
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16.01.13
Buenos días,
Si sois asociciación debeis o ser de utilidad publica o estar inscrito en AECID, agencia de cooperacion internacional al desarrollo, si no estais en ninguna de estas situaciones, los donantes no tienen beneficios fiscales y por lo tanto no debeis presentar el modelo 182.
Un saludo
Silvia Alvarez
www.debehaberasociaciones.com
Respuesta del participante:
16.01.13
ok, gracias. Sabría cuales son los requisitos que deben tener los estatutos para inscribirnos en las dos opciones que me presenta, y me explique los pro y contra de cada una? Es decir las obligaciones y derechos que adquiriríamos ? Gracias.
Opinión anónima
16.01.13
Hola Cristina,
Respecto a los requisitos.
Para que una Asociación pueda ser declarada de utilidad pública debe llevar constituida y en funcionamiento al menos dos años (quizá de ahí tu confusión en la pregunta). Los requisitos vienen recogidos en el art.3 de la Ley 49/2002, adjunto el link. Y el procedimiento para conseguir tal declaración, en la web del MInisterio.
Los requisitos para el Registro en la AECID, adjunto el link de su web donde vienen detallados. contenido de los Estatutos
Un saludo
Salvador
puche 29