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Consultas Online

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Cuenta 476

20.09.22

Buenas tardes, me gustaría plantear dos preguntas que me surgen al contabilizar en una Fundación sin ánimo de lucro :
1. Al contabilizar una nómina debemos separar la cuenta del IRPF 4751 por cada trabajador?
2. Al contabilizar la parte de la cuenta 476 del trabajador y de la empresa, debo hacerlo por separado? o puedo sumar los dos importes?
Gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

20.09.22

Valen las dos opciones, contabilizar las nóminas en único asiento o contabilizar en asientos separados por cada trabajador. De hecho, los programas de contabilidad permiten configurar de ambos modos la importación de las nóminas de los programas de nóminas.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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#2

Aportada por:

Jesús Javier López Sánchez

CONSULTOR TERCER SECTOR

Trabaja en:

Asesor particular

20.09.22

Hola;
como todo en contabilidad depende del nivel de información que quieran tener; es más sencillo llevarlo todo junto (tanto retenciones como seguridad social), al liquidar los impuestos o la seguridad social es un asiento muy sencillo. Si quieres tener más detalle e individualizar les va a requerir más cuentas contables y mayor número de asientos (esto se puede llevar de manera más sencillo con una hoja de excel). Deben valorar si quieres más información o más eficiencia en la llevanza de la contabilidad. Lo que si recomiendo es crear una cuenta de retenciones para trabajadores y otra para profesionales; ya que el modelo correspondiente de Hacienda diferencia entre ambos

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#3

Aportada por:

Ignacio Olmos

Olmos-Abogados Fundaciones

Trabaja en:

Asesor particular

21.09.22

Buenos días,

1.Lo puedes realizar de ambas maneras, aunque no es obligatorio separar la cuenta 4751 por cada trabajador.

2.Tampoco es obligatorio separar los Seguros Sociales de la empresa y de trabajador pues la cuenta 642 (Seguridad Social a cargo de la Empresa) ya representa el importe correspondiente a la empresa.

Ignacio Olmos. Olmos Abogados Fundaciones.

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#4

Respuesta del participante:

21.09.22

Gracias a todos por vuestras respuestas.

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