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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Fernando Larraza Uribarrena

¿Cúando se deben contabilizar los gastos, cuando me pasan el gasto o en la fecha del pago?

28.03.11

Mi organización recibe una subvención y es cabeza de consorcio que gestiona y abona los gastos que otras organizaciones presenta mediante notas de gasto.
¿Cuándo debo contabilizar los gastos con fecha de las notas de gasto que me presentan o en el momento que dichos pagos se efectúen?

Gracias a todos y a todas por vuestras respuestas.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Jose Jesus Rendo Thomas

Responsable de Contabilidad y Administrador de sistemas en la Asociacion

Trabaja en:

Asesor particular

30.03.11

Hola Fernando

Siempre atiende a la fecha de devengo, fecha de factura o fecha del documento origen del gasto (dietas, incentivos….)

Un saludo

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#2

Aportada por:

Jaume Navarro Laboria

Asesor Económico Contable

Trabaja en:

Asesor particular

31.03.11

Hola Fernando,
De acuerdo con el compañero José Jesús. Los gastos hay que contabilizarlos cuando se producen.

Saludos cordiales.

Jaume Navarro (jaume.navarro@telefonica.net)

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#3

Aportada por:

Tatiana Redondo Álvarez

Down Principado de Asturias

Trabaja en:

Asesor particular

01.04.11

Buenos dias,

Totalmente de acuerdo, los gastos cuando se producen. Si no coinciden gasto y pago, llevas el gasto a acreedores o proveedores, y cuando se haga efectivo el pago, contabilizas el pago.

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