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Consulta formulada por:
Antonio Martín-Bejarano Ejarque
¿Cuáles son las obligaciones contables básicas de una entidad no lucrativa?
28.12.09
Nos referimos a los libros que hay que llevar, depósito de cuentas, etc.
Muchísimas gracias.
Respuestas
Muy buena
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
29.12.09
La contablidad deberá llevarse ajustada al plan general contable, preferentemente de acuerdo con la adaptación sectorial para entidades sin ánimo de lucro (obligatoria para asociaciones declaradas de utilidad pública). Al final del ejercicio deberán legalizarse al menos los libros obligatorios (libro diario y libro de inventarios y cuentas anuales). En cuanto a las cuentas anuales, deberán elaborarse, si bien no es necesario su presentación en registro alguno, salvo para las declaradas de utilidad pública que deberán presentarlas en el correspondiente registro de asociaciones.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.
Muy buena
Aportada por:
Asesor Económico Contable
Trabaja en:
Asesor particular
30.12.09
Hola Antonio buenos días,
Estoy de acuerdo con Juan, aunque yo añadiría que no siendo obligatotorio la presentación de las cuentas anuales, si es ncesaria su confección (Resultados y Balance) para que podáis saber la situación económca de vuestra Entidad.
Si estáis obligados a la presentación de las cuentas anuales, hay que añadir también la memoria económica de acuerdo con el NPGC y la memoria de actividades. Si recibís subvenciones, tanto de la Administración como de entidades privadas, tenéis que estar auditados.
Saludos y buen añom 2010.
Jaume Navarro (jaume.navarro@telefonica.net)