Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

Juan Antonio García Molina

¿Cual es la mejor forma de justificar en una subvención la partida de kilometraje y dietas?

09.01.07

¿Cuál de estas posibilidades sería la más acertada?


  • Realizar un parte de los desplazamientos realizados por parte del trabajador con el visto bueno de la asociación y, posteriormente, incluir el dinero en la nómina del mes siguiente.

  • También me han comentado que podemos realizarlo emitiendo una factura desde la propia asociación, pero desconozco cuales son los pasos a seguir.


Os pediría que me orientarais en este sentido y me aportarais modelos para justificar estos gastos.

Muchas gracias.

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Suficiente

Aportada por:

Paola Bernal Fuentes

Gestora de Proyectos, interesada en la solidaridad. Perfil en Twitter: @paolabernalf

Trabaja en:

Asesor particular

10.01.07

Estimado Juan Antonio:

Las opciones que señalas en algunos casos no son admisibles, si incluyes el valor del viaje –dieta- en la nómina, estas asegurando que le vas incluir al trabajador el pago del mismo con el abono de su nómina, pero no estas desglosando el motivo del viaje ni cada uno de los costes asociados, por tanto no estas justificando realmente el viaje.

Si facturas, ten en cuenta que tendrás que incluir IVA, lo cual con lleva las obligaciones con hacienda que debes conocer (la respuesta a esta consulta te puede ayudar: http://www.solucionesong.org/asesoria/consultas/consulta/?id=1795), y sigues teniendo el mismo inconveniente que en el caso de la nómina.

Yo te recomiendo que consultes con el financiador al que vas a justificar los gastos de viaje, que considera y cómo admisible. Normalmente tienen su propio modelo. Ten en cuenta que puede haber diferencias: algunos admiten dietas y para otros todos los gastos deben estar soportados mediante facturas de gasto (es decir que además de la hoja de liquidación del viaje se aporten las facturas, billetes, tarjetas de embarque, etc,), también ten en cuenta que puede ser diferente el límite dado el kilómetro entre lo estatal y lo fijado por cada CCAA.
 Siempre es conveniente que por cada viaje (requisito que es individual por persona para algunos financiadores) elaboréis una relación de justificantes de gastos –Hoja de Liquidación de Gastos de Viaje- por desplazamiento, en el se recogen entre otros: la entidad, el motivo del viaje, los lugares de origen y destino y cada uno de los gastos en que se ha incurrido.
 Puedes tener en cuenta con carácter orientativo los limites fijados a nivel estatal por la Orden EHA/3771/2005 de 2 de diciembre (BOE 3 de diciembre) Se aplicarán los siguientes límites:
 0,19€ por el número de kilómetros recorridos
 Para gastos de manutención, con pernocta, el límite será de 53,34 € diarios.
 Sin pernocta, el límite para gastos de manutención será de 26,67 € diarios.
En cualquier caso vuelvo a reiterar lo primero que te indicaba: pregunta a la entidad a la que vas a presentar estos gastos, que considera admisible.

Espero que lo anterior te sea de utilidad.

Un saludo,

Paola Bernal
Técnica de Proyectos – FLV – Las repuestas dadas por la FLV no son vinculantes.

avatar
#2

Aportada por:

Luis Barato Risoto

Técnico de Auditoría y Contabilidad del Ministerio de Hacienda. Licenciado en Derecho

Trabaja en:

Asesor particular

10.01.07

De mi consideración.
La forma de justificar cualquier gasto con cargo a subvenciones oficiales concedidas por las distintas Administraciones Públicas, viene regulada en las propias bases de la convocatoria que publica el órgano concedente, y a ello hay que estar, por lo que en caso de duda, debe consultarse a éste último.
Saludos.
luisbarato@wanadoo.es

avatar
#3

Opinión anónima

15.01.07

Estimado Juan Antonio:

La mejor recomendación que se puede hacer es que ante cualquier duda en la justificación de una subvención consultes con algún técnico de la entidad u organismo que concedió la subvención porque puede haber diferencias en los requisitos exigidos para la justificación.
En todo caso comentarte que muchos financiadores tienen sus propios modelos para la liquidación de los diferentes tipos de gastos y, por tanto, también de los gastos de dietas de viaje. En general se justifican con cargo a esta partida las dietas y gastos de viaje del personal adscrito al proyecto o programa, incluido el del personal voluntario. Normalmente para cálculo el importe máximo de cada dieta o gasto de viaje a efectos de justificación se utiliza la Orden EHA/3770/2005, de 2 de diciembre y la Resolución de 2 de diciembre de 2005 de la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos en la que se revisa el importe de las dietas en territorio nacional establecidas en un Real Decreto anterior.

Los documentos que se exigen son, para los gastos de alojamiento y manutención que se adjunte un modelo determinado (te puede servir de base, sino el organismo financiador no tiene un modelo propio, el utilizado por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y que aparece en su Manual de instrucciones de justificación de subvenciones) y en el caso de los gastos de alojamiento la factura expedida por el correspondiente establecimiento hostelero o bien por la agencia de viajes acompañado en este caso por el documento acreditativo de la prestación del servicio emitido por la empresa hotelera.

Los gastos de desplazamiento se justificarán mediante documento de liquidación de dietas y gastos citado, acompañado en todo caso de los correspondientes billetes.

Un cordial saludo.


Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.

solucionesong.org
Un proyecto de