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Consulta formulada por:
Creación de un centro de reciclaje de vehículos junto con una empresa asociada. ¿Cómo debemos contabilizar las acciones correspondientes?
10.03.06
Una fundación nos ha concedido un dinero para que llevemos a cabo un proyecto que consiste en crear un centro de reciclaje de vehículos.
Nos hemos asociado con una empresa privada para la creación de esta empresa. Nuestra asociación ha invertido el dinero en la compra de maquinaria, herramientas y reformas y la empresa asociada se encargaría de poner el local.
Nos gustaría saber, ¿cómo se registra en la contabilidad de nuestra asociación la compra de la maquinaria?. Una vez transferido ese inmovilizado a la nueva empresa que creemos, ¿cómo debemos hacer los asientos contables?.
Gracias.
Respuestas
Opinión anónima
13.03.06
Hola Anabel, la compra de inmovilizado la tienes que dar de alta en el grupo 22.
Otra parte es la creación de una nueva entidad con la emrpesa asociada. Ahí teneis que ver si jurídicamente se crea otra entidad. En ese caso, cada socio haría sus aportaciones, que pueden ser en dinero o en bienes en especie (maquinaria, local,...´)
Saludos,
Respuesta no vinculante.
Opinión anónima
13.03.06
Inicialmente la compra de maquinaria debes contabilizarla en cuentas de inmovilizado material, grupo 22.
La “transferencia” de este activo a la nueva sociedad puede hacerse de dos formas.
1. Aportando los elementos adquiridos “aportaciones no dinerarias”, en este caso la baja de los elementos de activo tendría como contrapartida algunas de las subcuentas incluidas en la cienta 250. El problema en este caso no seria de registro contable, sino de cumplimiento de requisitos para aportaciones no dinerarias.
2. Se puede constituir la nueva sociedad y venderle los elementos adquiridos con anterioridad, este proceso es mucho mas simple, la baja en el activo tendría como contrapartida un acuenta de tesoreria o deudores, y el importe podria coincidir con el valor neto contable del activo que se vende.
No se si esto aclara tus dudas o si necesitas alguna ampliacion.
Aportada por:
Director Martinez¬Gil Asociados. Consultor economico- contable ONGS
Trabaja en:
Asesor particular
14.03.06
Hola;
La conpra de la maquinaria se contabiliza en una cuenta del grupo 22 con abono a la cuenta del acreedor.
Respecto a la nueva empresa si vuestra a portación decidía hacerla con la amquinaria sería aportación no dineraria dando de baja la cuenta de activo 22.
Si preferís vender a la nueva empresa la maquinaria igualmente dariais de baja el activo 22 contra una cuenta de tesorería o de deudores. por el valor de venta . Y luego vosotros aportarías el capital también a la nueva sociedad.
Un saludo
Opinión anónima
18.03.06
Estimada Anabel:
Como señalan los colegas la compra de maquinaria se ha de contabilizar en la cuenta correspondiente de inmovilizado material (grupo 22 “Inmovilizaciones materiales”).
Por lo que respecta a esa transferencia se trata de una aportación no dineraria que implicará la baja de la maquinaria aportada y se daría de alta una cuenta en el grupo 24 “Inversiones financieras en entidades del grupo y asociadas”, en donde se recogen las inversiones realizadas cualquiera que sea su forma de instrumentalización. Por empresa asociada se entiende aquella sobre la que, en este caso vuestra entidad, ejerza una influencia notable en su gestión entendiendo que dicha influencia se produce cuando se tiene una participación mínima del 20% sin que llegue esa participación a ser mayoritaria (en cuyo caso estaríamos ante una entidad del grupo.
En todo caso las aportaciones no dinerarias requieren de algunos comentarios adicionales:
- Las aportaciones no podrán se nunca inferiores al valor nominal de las acciones o de las participaciones.
- Por otra parte en el artículo 38 de la LSA se señala que las aportaciones no dinerarias, cualquiera que sea su naturaleza, habrán de ser objeto de un informe elaborado por uno o varios expertos designados por el registrador mercantil; en dicho informe se contendrá la descripción de cada una de las aportaciones no dinerarias, así como los criterios de valoración adoptados y se aportará como anexo a al escritura de constitución de la sociedad.
Para que te hagas una idea esta operación se registraría de la siguiente forma en la contabilidad de la nueva empresa (se supone que se aporta:
Cargo: Maquinaria (223)
Abono: Capital social (100)
Un cordial saludo.
Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.