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Consulta formulada por:
Contrato de alquiler para la sede de la asociación
08.11.10
Hola compis,
la asociación que acabamos de constituir tiene la posibilidad de alquilar un semisótano como sede social en una casa particular, la casa es de la presidenta. Sólo compartiríamos la entrada por el jardín.
¿Qué forma tendríamos que darle al contrato de alquiler para salir tod@s beneficiados?
Gracias
Respuestas
Aportada por:
Asesora voluntaria
Trabaja en:
Asesor particular
10.11.10
Hola Aida,
El hecho de alquilar un inmueble se considera actividad económica, con lo que la propietaria (no importa si es la presidenta) tendrá que facturaros con el 18% de iva menos las retenciones.
Vos pagaréis el alquiler a la propietaria e ingresaréis el irpf en hacienda trimestralmente mediante modelo 115.
En caso de que la propietaria renuncie al importe del alquiler, no tiene mayor trascendencia, todo igual solo que una vez le abonéis el importe del mismo ella os lo tendría que devolver para que se considerase donación.
No se si te referias a esto exactamente, sino di, ok?
Saludos, Eva
Aportada por:
Asesor Económico Contable
Trabaja en:
Asesor particular
10.11.10
Buenas tardes Aida,
Estoy de acuerdo con Eva o lo efectuáis como alquiler (gasto) o como donación (gasto e ingreso). Tanto una cosa como la otra con el correspondiente contrato firmado por ambas partes. Si es donación habrá que reportarlo a Hacienda.
Saludos cordiales.
Jaume Navarro (jaume.navarro@telefonica.net)
Respuesta del participante:
15.11.10
Muchas gracias por vuestras respuestas, las tendremos en cuenta.
Saludos de corazón.
Respuesta del participante:
15.11.10
Ah!, se me olvidaba: ¿y cual sería la retención (entiendo que el irf)en porcentaje a descontar de ese 18%?
Gracias de nuevo.