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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Javier Navarro Blanco

¿Contabilizamos como inmovilizado o como gasto una embarcación comprada para prestar servicios?

23.05.12

Mi consulta es la siguiente:

Si una asociación compra un barco de segunda mano a un particular por un precio estipulado mediante un contrato de compra venta, con el propósito de prestar servicios a otras entidades como alquiladores de embarcaciones, ¿la compra de la embarcación se contabiliza como un inmovilizado y se amortiza cada año o se lleva a una cuenta de gastos? ¿Cuál sería el asiento contable a realizar?

Gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Aurelio Diaz-Ufano Villarejo

Asesor Contable y Fiscal

Trabaja en:

Asesor particular

25.05.12

la compra debes registrala como un inmovilizado y amortizarla debidamente.
El asiento sería:

A cuenta de grupo 2 por el valor del bien (DEBE)
XXX
A cuenta de proveedor (HABER)

Espero haberte ayudado.

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#2

Opinión anónima

25.05.12

Todo activo susceptible de duración superior a un año es una inversión y no un gasto y se contabilizará como ha indicado el compañero anterior.

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#3

Aportada por:

Ricardo Paricio

Asesor Contable www.gestioong.es

Trabaja en:

Asesor particular

28.05.12

Hola,

La amortización sería,

681 (debe) contra (haber) 281

Saludos,
Ricardo Paricio
rparicio@yahoo.es

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#4

Respuesta del participante:

Javier Navarro Blanco

28.05.12

Entiendo que el barco se amortiza por el precio al que nos lo vende el particular independientemente de los años que tenga el barco y del precio de venta, es correcto verdad??

Por la compra del barco sería el siguiente asiento:
——————————
218. a 572
——————————
Por la amortización:
——————————
681 a 281
——————————

Gracias

Un saludo

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#5

Opinión anónima

28.05.12

Hola javier,

El inmovilizado material se valorará por su precio de adquisición (en este caso). Se incluye también, por ejemplo, los gastos de transporte e impuestos indirectos sobre el bien que no sean recuperables.
Por otro lado en cuanto a la amortización, tendrás que tener en cuenta la vida útil del barco, por lo tanto sí que has de tener en cuenta la vida del barco.

Un saludo,
Salvador
http://puche29blog.wordpress.com/

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#6

Respuesta del participante:

Javier Navarro Blanco

29.05.12

Buenos días,
Antes de cerrar la consulta me gustaría que me aclarasen lo siguiente:
Si el precio de compra pactado fuese 20.000 y se le paga al particular a cuenta del total por ejemplo 5.000 en el año 2011 y el resto en el 2012. La amortización del 2011 se hace sobre los 20.000 o sobre los 5000 que se ha pagado a cuenta?? No hay factura ya que es un contrato de compraventa.
Espero una respuesta concreta y a ser posible con el asiento contable para mayor aclaración.
Muchas Gracias

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#7

Aportada por:

Jose Luis Bilbao Beitia

Economista - Asesor Fiscal

Trabaja en:

Asesor particular

31.05.12

Javier:
La amortización y el pago son conceptos independientes.

Se empieza a amortizar en el momento en que el barco esté en tu poder y en funcionamiento. (Ten en cuenta que el año 2011 tendrás que amortizar solo la parte proporcional, en funcion del tiempo que lo hayas tenido).

El pago va por otro camino.

Por lo tanto, sí, endras que amortizar tomando como base el total (20.000 euros).

Un saludo
Jose Luis

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#8

Respuesta del participante:

Javier Navarro Blanco

31.05.12

Muchas gracias Jose Luis, me ha quedado bastante claro.

Un saludo

solucionesong.org
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