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Consulta formulada por:
Contabilización del pago a empresa externa del control de la salud realizado a los trabajadores de nuestra entidad
23.04.04
¿En qué cuenta de gasto de debe contabilizar el pago, a una empresa externa, de los análisis realizados a los trabajadores dentro de la vigilancia de la salud que es obligatoria para las organizaciones?
Muchas gracias.
Respuestas
Opinión anónima
27.04.04
Hola Natalia:
Entiendo que ese gasto se tiene que imputar contra la 623 “Servicios de profesionales independientes” o la 629 “Otros servicios”
Espero que te sirva de ayuda
Opinión anónima
27.04.04
Estimada Natalia,
Tal y como comenta mi compañero José Javier, debeis imputar este coste a la 623 “Servicios Profesionales Independientes” es la cuenta más acertada.
Un Saludo,
Roberto Durán
rduran@ya.com
Opinión anónima
02.05.04
Estimada Natalia:
Los servicios de naturaleza diversa adquirido por la entidad y no incluido en el subgrupo 60 (Compras) o que no formen parte del precio de adquisición del inmovilizado o de las inversiones finnacieras temporales y que no sean imputables directamente a la actividad porpia, se han de contabilizar dentro del subgrupo 62 “Servicios Exteriores”.
Los moviminetos de estas cuentas se realizarán normalmente de la forma siguiente:
Cargo: Servicios exteriores
Abono: Tesorería o acreedores por prestación de servicios.
Dentro de este grupo se podrían utilizar las cuentas 623 “Servicios profesionales independientes” o 629 “Otros servicios”.
Un cordial saludo.
“Esta consulta no tiene carácter vinculante”.