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Consulta formulada por:
Contabilización de una subvención concedida en 2008 que será ingresada en 2009
09.01.09
¿Cómo se contabilizaría una subvención concedida en el año 2008 que no será ingresada hasta el año 2009 en un solo pago?
El proyecto se ha ralizado dentro del año 2008. Esta consulta ya la realicé anteriormente, pero no me quedó muy claro, por lo que os rogaría que me pusieseis un ejemplo.
Muchas gracias.
Respuestas
Aportada por:
Enrique Rua Alonso de Corrales
Profesor de contabilidad de la Universidad CEU San Pablo
Trabaja en:
Asesor particular
12.01.09
Estimada Maria Angeles, las subvenciones son finalmente ingresos contables del ejercicio en que surge el gasto final del destino de los fondos recibidos, pero con total independencia de cuando se produzca el cobro.
Te intento poner un ejemplo.
Nos conceden el 30 de junio de 2008 una subvencion de 100 u.m. con la finalidad, 50 u.m. de comprar ordenadores, y 50 u.m. para financiar gastos por suministros del año 2008. Dicha subvencion se cobrará en febrero 2009.
- Al concedernos la subvencion (30 junio 2008):
100 (4708) H.P. Deudora por subvenciones concedidas
a (130) Subvenciones oficiales de capital 50
a (132) Otras subvenciones, donaciones y legados 50
- Por la adquisición de los ordenadores (30 junio 2008):
50 (217) E.P.I
a Bancos 50
(se supone que la Asociación tendrá más liquidez o financiará compra con financiación ajena)
- Al cierre del ejercicicio (31 diciembre 2008):
- Por el devengo de los gastos
50 (628) Suministros
a Bancos 50
Igualmente deberá tener liquidez o financiarlo
- Al devengarse el gasto habrá que imputar a ingresos la subvención:
50 (132) Otras subvenciones, donaciones y legados
a (747) Otras subvenciones…. 50
- Por la amortización de los ordendores (vida util 4 años):
6,25 (681) A.I.M. a (281) A.Ac. Inm. Material 6,25
- Por la imputación de la subvención para imputar el ingreso:
6,25 (130) Subvención de capital
a (746) Subvenciones…... 6,25
- Ya en el año 2009 en febrero cobramos la subvención:
100 Bancos a (4708) 100
- Al cierre del 2009:
- Por la amortización de los ordendores (vida util 4 años):
12,5 (681) A.I.M. a (281) A.Ac. Inm. Material 12,5
- Por la imputación de la subvención para imputar el ingreso:
12,5 (130) Subvención de capital
a (746) Subvenciones…... 12,5
Espero te haya quedado un poco mas claro.
Un cordial saludo
Enrique
Opinión anónima
12.01.09
Enrique explica claramente la manera de contabilizarla. Siempre que este comunicada de manera formal la adjudicación de la subvención, debes reconocer el derecho de cobro con abono a ingresos a distribuir en varios ejercicios los cuales debes traspasar al resultado en la medida que se produzca el gasto subvencionado. Esto último es importante, ya que como ces en el ejemplo, la subvención para los EPI se traspasa al resultado en función del gasto que generan, la amortización, no en función del desembolso realizado en la compra.
Opinión anónima
13.01.09
Estimada María Ángeles:
Enrique explica perfectamente la situación; la subvención se ha de registrar en el momento de recibir formalmente, por escrito, la comunicación de la concesión; desde ese momento se genera para el donante la obligación de entregar esos fondos a vuestra organización, es decir, se convierte en deudor vuestro y ese derecho de cobro vuestro ae ha de reflejar en vuestro balance.
Ello con independencia de cuándo se reciba finalmente el dinero y se produzca realmente el gasto.
Un cordial saludo.
Las consultas resueltas por los asesores de la Fundación Luis Vives no tienen carácter vinculante.