Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

María Inés Jaun Lobato

Contabilización de subvenciones a 31 de diciembre

08.07.09

Me gustaría que me diéseis vuestra opinión sobre si sería correcto lo siguiente:


Cuando me conceden una subvención para el ejercicio, a final de año a resultados del ejercicio paso el importe por la que se concedió, no importando si el organismo ingresó o no la subvención.


Si me ingresan una subvencion para el ejercicio 2010 en el 2009, a 31 de diciembre de 2009, seria la 8301 impuesto diferido a la 479 pasivos por dif. temp. por el 30% de la subvención, y ya en el 2010 paso todo el importe de la subvenión a resultados del ejercicio.


Si me conceden una subvención de marzo de 2009 a octubre de 2010, a 31 de diciembre de 2009 paso la parte gastada en el ejercicio 2009 a resultados del ejercicio y del resto el 30% a la 8301.


¿Qué opiniáis?


Muchas gracias.

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Aportada por:

Javier Marco Cano

Economista, Abogado, Auditor de Cuentas

Trabaja en:

Asesor particular

15.07.09

Estimada Maria Ines, mi criterio es el siguiente.

La contabilización de las subvenciones es la siguiente:
Cuando la conceden: Deudores(44) a 13 (subvenciones).
Cuando la cobras: Tesoreria a deudores.

Cuando ejecutas el objeto de la subvención:
(cuenta de gasto correspondiente, es decir:
65 ( si es ayuda monetaria) ó
(6xx) ( concepto de gasto por naturaleza ( si la ejecutas tu)

a
Acreedores o tesoreria.

Al mismo tiempo, y por correlación de ingresos y gastos, por el mismo % de gasto que hayas imputado, imputas a resultados del ejercicio, la parte de la subvención correspondiente, es decir:

Subvenciones (subgrupo 13) a 72 ( ingresos del ejercicio).

Por tanto, la imputación a resultados, debe ser correlacionada con los gastos que imputas, independientemente del cobro de la subvención o de la concesión de la misma.

Con respecto a las cuentas que utilizas y que mencionas ( subgrupo 8) te comento lo siguiente:

1.- No son de obligado cumnpliento para las Entidades sin animo de lucro, ya que su utilización es necesaria para realizar el Estado de cambios en el PAtrimonio neto en su versión de “estado de ingresos y gastos reconocidos”. (estado financiero no obligado para las ESAL)

2.- LA cuenta 8301, por el 30% del importe de la subvención se refiere a la parte que de la subvención no debe imputarse a Ptrimonio Neto por el efecto impòsitivo. Es decir, una mercantil, que no sea de reducida dimensión, y que tribute al 30% en el Impuesto de sociedades, si tendrá que realizar los apuntes que indicas. Por ejemplo para una subvención de 100 euros, en el caso que te comento, el apunte serái:

100 Deudores a (13) Subvenciones (patrimonio neto) 70
a (479) Diferencia temporaria imponible 30.

( utilizando en el camino para llegar a ese apunte las cuentas del grupo 8) ( 8301 a 479 por 30 ) y (13) a (8301 por importe de 30).

Porque ellos si deberán “algun día” liquidar esa subvención al tipo de 30%.

Sin emabrgo las ESAL al tener otro tipo impositivo, y en muchos casos, el efecto impositivo es cero, el apunte sería:

100 Deudores a (13) Subvenciones 100.

Y a partir de ahí, el movimiento de ingresos y gastos se deben realizar según el criterio de devengo y de correlación de ingresos y gastos.

Si necesitas alguna aclaración adicional, no dejes de solicitarnosla.

Espero haberte ayudado.

Saludos
Javier Marco

avatar
#2

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

22.07.09

Hola Mª Ines,

Como dice el compañero Javier las cuentas del grupo 8 no son obligatorias para las ENL, con lo que los asientos a la hora de que nos concedan una subvención y posteriormente el ingreso seran el mismo procedimiento que hasta ahora, tal y como comenta Javier.

Saludos, Eva.

avatar
#3

Respuesta del participante:

María Inés Jaun Lobato

22.07.09

hola Javier, no sabía que no es obligatorio para ong pasar las subv. por grupo 8 ,9, Estaría mal si las paso?yo tengo los asientos así, subvenion concedida y gastada en el ejercicio;
la 47(deudor) a 942.
cuando cobro.- 572 a 47
a 31 de diciembre.- 842 a 747 siguiente asiento.- 132 a 842
ultimo asiento.- 942 a 132 ahora me conceden una subvencion para el año 2009, me la ingresan en el año 2008
concedida.- 4708 a 942
abonada 2008.- 572 a 4708
a 31 de diciembre de 2008.- 942 a 132
siguiente 8301 ( impuesto diferido) a 479(pasivos por diferencia tempo) aqui es el 30% del importe del asiento anterior?
último 132 a 8301
Ahora a 1 de enero de 2009.
primer asiento 842 a 747 seria el importe de la subvencion menos el 30%
132 a 842
479 a 8301. aqui sería el 30% restante que lo revierto
8310 a 132. por ultimo.
y ya destupues a 31 de diciembre de 2009, paso por el importe total a resultados del ejercicio.
un saludo

avatar
#4

Aportada por:

Javier Marco Cano

Economista, Abogado, Auditor de Cuentas

Trabaja en:

Asesor particular

22.07.09

Estimada MAria Ines, acabo de ver tu correo y lo que introduces creo que no es del todo correcto.

El grupo 8 y 9 está establecido únicamente para realizar un estado financiero ( el estado de ingreso y gastos reconocidos ) que no es de obligado cumplimiento. No obstante, si lo consideras oportuno lo puedes realizar y para ello si necesitarás el grupo 8 y 9. Por tanto, la decisión es vuestra, no es obligatorio pero eso no implica que lo utiliceis para apoyo a la información financiera.

El problema es que el 30% que comentas es el efecto impositivo de las subvenciones, que entiendo no es el vuestro tipo impositivo, por lo que los apuntes que realizas están reflejando movimientos que no son conformes, por lo que el PAtrimonio neto que mostrais en el balance puede no ser real.

Por tanto, si te parece oportuno, solicita mis datos a Soluciones ONG y hablamos sobre ese tema.

Espero haberte ayudado.

Saludos

avatar
#5

Respuesta del participante:

María Inés Jaun Lobato

23.07.09

hola Javier, gracias por revisarme los asientos.Sería otro tanto por ciento%, donde lo puedo buscar?. Te cuento como me queda el patrimonio neto en Subvenciones, donaciones y legados recibidos me queda el valor de las subvenciones para gastar en el ejercicio que viene menos el 30% de las mismas, que esta en la cuenta 479. pasivos por diferencias temporarias imponibles. Por lo que en el patrimonio neto aparece todo el dinero que he cobrado anticipadamente para el ejercicio siguiente sumando las cuentas 132 y 479.
La 479, el dia 1 del siguiente ejercicio revierte.
Si el reflejo del patrimonio neto es correcto como te explico, no daría igual el tanto por ciento, ya que la suma da el 100%.
Gracias. No se como se solicitan tus datos, voy a ver si encuentro como.

solucionesong.org
Un proyecto de