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Consultas Online

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Consulta formulada por:

David Palomo Arroyo

Contabilización de prestaciones de la seguridad social

19.01.05

Tenemos un trabajador dado de baja por enfermedad. Esto da lugar a una prestación por parte de la seguridad social. Mi pregunta es como contabilizar esta prestación.
En una situación normal contabilizamos:
En el momento en que se devenga la nómina
(640)
(642) (476) (475) (465)
En el momento de pago a la seguridad social
(476) (572)

Muchas Gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

24.01.05

Estimado David:

La baja la tienes que descontar a la hora de realizar los seguros sociales, donde figurará este trabajador con una cotización en negativo, lo cual minorará el importe a pagar a este organismo.
La contabilización la realizarás normalmente, ya que el importe lo has deducido. 642 a 476 y a la hora del pago 476 a 572

Un saludo

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#2

Opinión anónima

04.04.05

Estimado David:

En el caso de las bajas por enfermedad la entidad tiene derecho a la siguiente deducción en los seguros sociales:
del día 1 al 15 nada.
del día 16 al 20 el 60% de la base de cotización del mes anterior.
del día 21 en adelante el 75% de la base de cotización del mes anterior.
A efectos de deducción se computan los días reales del mes natural.
Por otra parte el epígrafe de accidentes pasa a ser el 126 y los porcentajes para I.T. e I.M.S. son el 0,27% y el O,54% respectivamente.
En cuanto a la nómina debe atenderse a lo que dice el convenio.

Un cordial saludo.

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