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Consulta formulada por:
Contabilización de prestaciones de la seguridad social
19.01.05
Tenemos un trabajador dado de baja por enfermedad. Esto da lugar a una prestación por parte de la seguridad social. Mi pregunta es como contabilizar esta prestación.
En una situación normal contabilizamos:
En el momento en que se devenga la nómina
(640)
(642)
(476)
(475)
(465)
En el momento de pago a la seguridad social
(476)
(572)
Muchas Gracias.
Respuestas
Opinión anónima
24.01.05
Estimado David:
La baja la tienes que descontar a la hora de realizar los seguros sociales, donde figurará este trabajador con una cotización en negativo, lo cual minorará el importe a pagar a este organismo.
La contabilización la realizarás normalmente, ya que el importe lo has deducido. 642 a 476 y a la hora del pago 476 a 572
Un saludo
Opinión anónima
04.04.05
Estimado David:
En el caso de las bajas por enfermedad la entidad tiene derecho a la siguiente deducción en los seguros sociales:
del día 1 al 15 nada.
del día 16 al 20 el 60% de la base de cotización del mes anterior.
del día 21 en adelante el 75% de la base de cotización del mes anterior.
A efectos de deducción se computan los días reales del mes natural.
Por otra parte el epígrafe de accidentes pasa a ser el 126 y los porcentajes para I.T. e I.M.S. son el 0,27% y el O,54% respectivamente.
En cuanto a la nómina debe atenderse a lo que dice el convenio.
Un cordial saludo.