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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Tomás Agustín García García

Contabilización de las deudas contraidas por la asociacion

18.03.05

Algunas veces cuando nos quedamos sin dinero utilizamos tarjetas de crédito personales para hacer pagos de urgencia. Luego se emiten las facturas a nombre de la asociación.

¿Cómo deberíamos contabilizar este hecho?, ¿en una cuenta de deudores?.

Ya alguna vez miembros de la junta directiva han pagado el alquiler de la sede. ¿Podrían recuperar ese dinero que se presta temporalmente a la asociación por falta de liquidez?. ¿Hay otra forma más transparente de reflejar este hecho?.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Miguel Angel Mirón Díaz

Responsable Area Fiscal y Contable Fundación Gestión y Participación Socialwww.asociaciones.org

Trabaja en:

Asesor particular

28.03.05

Estimado Tomás:

En principio, todos los pagos que se realizan por parte de estas personas, corresponden a diversos gastos de la Asociación. Por tanto, en la contabilidad de la Asociación deberás reflejar y contabilizar todas estas facturas y gastos en el momento en que se generen, independientemente de momento del pago y de quien realice ese pago. De esta forma tendrás una deuda por el alquiler (por ejemplo).

621 Arrendamiento local a 410 Acreedor alquiler

Una vez que dichas facturas son pagadas por terceros, contabilizarás la baja del proveedor (dado que el gasto ya se contabilizó) y el alta de una cuenta de préstamo de particulares:

410 Acreedor alquiler local a
521 Prestamos recibidos a CP

De esta manera, la contabilidad de la Asociación expresarán la imagen fiel del patrimonio dado que seguirá reflejando los gastos en que incurre, los pagos que realice (aunque no los haga ella directamente) y las deudas contraidas con terceros.

En esta cuenta 521, debeis recoger todos los importes abonados por terceros de gastos que correspondan a la Entidad. El saldo de esta cuenta irá disminuyendo a medida que devolvais estos importes.

521 Prestamos a CP a 572 Bancos

En el caso de que alguna de estas personas renuncie a esta devolución, se tratará este importe como un donativo mediante el siguiente asiento:

521 Prestamos a CP a 726 Donativos recibidos

Un saludo

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#2

Opinión anónima

03.04.05

Estimado Tomás Agustín:

Miguel Angel ha resumido perfectamente el tratamiento, que desde el punto de vista contable, se ha de dar a este tipo de operaciones.

Efectivamente estamos ante distintos momentos en la contabilización. El primero de ellos es aquel en el que se genera el derecho para un tercero (arrendamiento); el segundo es aquel en el que se produce la liquidación de ese derecho (pago del arrendamiento) que, a su vez, puede dar lugar a un nuevo derecho (pago del arrendamiento por parte de miembros de la junta directiva generándose una deuda de la asociación con ese tercero que paga el arrendamiento y que se registra en la cuenta 521 “Deudas a corto plazo”) que habrá de ser también liquidado (Cargo: deudas a corto plazo, Abono: tesorería).



Un cordial saludo.


Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.

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