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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Rafael Llor Tudela

Contabilización de las bonificaciones régimen general de la seguridad social

19.05.10

Solicitamos en su día beneficios por haber contratado profesional femenino mayor y además con discapacidad. En las nóminas se hacen los descuentos que le corresponden como trabajadora normal y después cuando se hace la liquidación a la seguridad social electrónicamente, nos abonan bonificaciones y descuentos.


Contablemente hacemos los asientos normales y cuando carga la seguridad social la liquidación en cuenta, consideramos esas bonificaciones y descuentos como ingreso por subvenciones de la seguridad social. Al hacer la diferencia entre ingresos y gastos a final de año, nos da como resultado lo que realmente hemos pagado a la seguridad social.


¿Está bien hecho esto?, ¿se nos entiende lo explicado?


Muchas gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Jaume Navarro Laboria

Asesor Económico Contable

Trabaja en:

Asesor particular

20.05.10

Hola Rafael,


La Seguridad Social pagada se contabiliza en la 642, las bonificaciones que os efectúan yo las contabilizaría en la 642 (Debe) con signo negativo, el saldo de la 642 reflejará el coste real.


Saludos cordiales.


Jaume Navarro (jaume.navarro@telefonica.net)

solucionesong.org
Un proyecto de