Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

Asunción Chorro Martínez

Contabilización de convenio

11.02.10

Buenos días:


¿Se deberían contabilizar en la cuenta (132) el importe total de una subvención concedida mediante convenio firmado a cinco años o deberíamos contabilizar únicamente los ingresos correspondientes al año cerrado?


Muchísimas gracias.

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Opinión anónima

12.02.10

Hola Asunción,


Te contesto brevemente, al concederse una subveción/convenio a ejecutar en cinco años, llevas ese importe a la (132) y en el presente ejercicio imputas a resultado el importe correspondiente a lo que hayas ejecutado en el año.


Gracias

avatar
#2

Aportada por:

Jaume Navarro Laboria

Asesor Económico Contable

Trabaja en:

Asesor particular

12.02.10

Hola Asunción buenos días,


Estoy de acuerdo con Salvador. Hay que contabilizar la subvenci´çon en el momento de la concesión e imputar a cada año la parte correspondiente.


Saludos. cordiales.


Jaume Navarro (jaume.navarro@telefonica.net)

avatar
#3

Aportada por:

Ana María Diez Medina

Colaboradora del área de contabilidad

Trabaja en:

Asesor particular

16.02.10

Hola:


De acuerdo con mis compañeros.


Yo añadiría, que el importe que llevas cada año, como ingreso del ejercicio, coincida con el del gasto del ejercicio, dejando para el último año, las posibles desviaciones (pérdida/superávit) del proyecto,


Saludos

solucionesong.org
Un proyecto de