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Consulta formulada por:
Compramos un billete aéreo anterior a la constitución de la asociación, y una vez constituida ¿podemos pedir la factura del billete?
20.11.06
Somos una asociación en constitución dedicada al comercio justo y estamos en trámite la inscripción de la entidad.
Se ha comprado un billete aéreo para contactar personalmente con productores de Centroamérica, pero si bien la fecha de vuelo es en febrero, su compra se realizó antes de constituir la entidad y presentar la documentación de inscripción. Cuando tengamos el CIF provisional de la entidad ¿será posible pedir la factura del billete a nombre de la asociación y registrarla como gasto?
Muchas gracias.
Respuestas
Aportada por:
Controller financiero
Trabaja en:
Asesor particular
21.11.06
Hola Marcos,
En mi opinión, si el servicio (en este caso el viaje) se os presta una vez constituida la sociedad si podeís pedir factura y registrarla como gasto.
Un Saludo
Aportada por:
Cooperante, gestor cultural y experto en asociacionismo.
Trabaja en:
Asesor particular
21.11.06
Les recuerdo, que “Las asociaciones se constituyen mediante acuerdo de tres o más personas físicas o jurídicas legalmente constituidas, que se comprometen a poner en común conocimientos, medios y actividades para conseguir unas finalidades lícitas, comunes, de interés general o particular, y se dotan de los Estatutos que rigen el funcionamiento de la asociación.” (art. 5.1 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación).
Eso significa, que ustedes existen legalmente y pueden empezar a trabajar antes incluso de su inscripción registral. De hecho, la inscripción tan sólo tiene efectos publicitarios.
Aportada por:
Director Martinez¬Gil Asociados. Consultor economico- contable ONGS
Trabaja en:
Asesor particular
21.11.06
Estimados amigos;
Por supuesto que podeis pedir esa factura pues antes de constituirse una empresa, una sociedad, etc,,legalmente siempre existen unos gastos generados para la generación de la organización, por lo tanto legalmente podeis solicitar esa factrua.
Un saludo
Opinión anónima
10.12.06
Estimado Marcos:
Yo distinguiría entre los gastos previos que han sido necesarios para la constitución de la entidad de aquellos otros que se han realizado por otra razón. En el primer supuesto no veo problemas, pero sí en el segundo y creo que este puede ser vuestro caso. Para que una entidad pueda operar necesita tener el CIF provisional; en vuestro caso el billete no pudo ser comprado a nombre de la asociación porque esta no existía en ese momento.
Un cordial saludo.
Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.