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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Macarena Fernández Abril

¿Cómo tengo que reflejar en contabilidad una subvención concedida de la que no recibiremos el ingreso hasta que no se justifique?

09.04.08

No tengo muy claro como tengo que reflejar una subvencion concedida por Ayuntamiento para un proyecto de desarrollo del tercer mundo. Nos lo comunicaron en diciembre de 2007 y no se cobrará hasta que se justifique. El plazo acaba en septiembre de 2008 y tenemos que adelantar el dinero.

Doy las gracias anticipadamente y espero haber me explicado bien.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

MANUEL NARANJO ALVAREZ

Especialista en contabilidad y fiscalidad www.enl-asesorat.es

Trabaja en:

Asesor particular

10.04.08

Bien Macarena:

El sistema para contabilizar una subvención concedida es independiente del momento del cobro. De hecho la aplicación del principio del devengo contable implica que se cotabilicen los gastos en ingresos en el momento en que se produzcan con independencia de la corriente monetaria que conlleve.

Por todo esto, TODAS las subvenciones que recibas has de contabilzarla atendiendo al momento en que se produzcan, esto es, en el momento en que recibas las resolución, firmes el convenio, etc.

Cosa distinta es que posteriormente tengas que periodificar los ingresos por subvenciones en función de los gastos realizados (correlación de ingresos y gastos), que esto ya es otro tema.

Pero para tu pregunta, contabilizará mediante el siguiente sistema:

En el momento de la concesión.

XXXX (4708) H.P. Subv. concedidas a 740 Subv. a la explotación XXX

En el moemnto del cobro:

XXXX (57) Tesorería a (4708) H.P. Subv. concedidas XXXX

Saludos.-

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#2

Aportada por:

Juan Pablo Fernández Rubio

Economista auditor

Trabaja en:

Asesor particular

10.04.08

Estimada MAcarena, mi opinión es la siguiente: Estoy de acuerdo con nuestro compañero MAnuel. No obstante me gustaría hacer una matización. El apunte de la concesión, es decir :
XXXX (4708) H.P. Subv. concedidas a 740 Subv. a la explotación XXX
Que MAnuel te indica, habría que anotar en el haber la cuenta específica del subgrupo 13. Es decir, ( creo que en este caso) subvenciones concedidas, que se trasparía a resultados en función del principio de correlación de ingresos y gastos de la forma que él ha especificado.

Por otro lado, me gustaría especificar también que el apunte que te indico, no es el momento en el que te otargan la subvención, SINO en el momento que pasas a cumplir los posibles requisitos que te exigen para su derecho ( que pueden ser inversión, puestos de trabajo, o cualquier otro requsito que requiera la subvención).

Por otro lado, mi experiencia me dice que hay muchas variantes de subvenciones y ayudas, y necesitaría algun dato adiucional para poder expresarte el asiento contable en concreto.

Y como te digo, se imputará a resultados en función del principio de corrrelación. ( aunque éste ha desaparecido del nuevo Plan General sigo implicito en las Normas de Valoración). Si gasto ( apunte en el grupo 6, deberé reconocer un ingreso ( grupo 7) en el mismo porcentaje que sobrte la subvención haya aplicado gastos del proyecto.


Espero haberte ayudado.
Si necesitas algo más, ya sabes donde localizarnos.
Saludos
Javier Marco

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#3

Aportada por:

MANUEL NARANJO ALVAREZ

Especialista en contabilidad y fiscalidad www.enl-asesorat.es

Trabaja en:

Asesor particular

10.04.08

Estoy de acuerdo con el planteamiento de Javier. Como el bien dice habría que disponer de mas información para elaborar un asiento lo mas correcto posible.

No obstante la utilización de una cuenta del subgrupo 13 como él plantea, a mi entender estaría más enfocada a subvenciones de capital y no de explotación, las cuales, como bien sabemos, las primeras se destinan a la adquisición de activos y se imputan a resultados al ritmo de la amortización del bien adquirido y las segundas compensan el déficit de ingresos que una entidad pueda tener en un momento determinado (como parece ser este el caso).

Pienso que para cumplir el principo de correlación de ingresos y gastos, parece mas adecuado el utilizar al cierre del ejercicio la cuenta 485 Ingresos anticipados por la parte de ingresos no imputados por falta de gastos en el ejercicio y trasladarlo al ejercicio/s siguientes en función de la realización de dichos ingresos.

Salvo mejor opinión.

Saludos.-

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#4

Aportada por:

Juan Pablo Fernández Rubio

Economista auditor

Trabaja en:

Asesor particular

10.04.08

Estimada Macarena, siguiendo como este tema, el subgrupo 13 forma parte del patrimonio neto de la organización, porque de hecho así lo es. La cuenta 485 que especifica Manuel no forma parte del patrimonio neto, por lo que su utilización parece, en este caso apropiada para aquellos cobros que habiendo sido percibidos, no deban ser imputados a la cuenta de pérdidas y ganancias.

De hecho, lo que tienes es una subvención, aunque sea de explotación ( desconozco cual es su origen) como no se ha de imputar a pérdidas y ganancias, debe estar incorporado a fecha de fin de ejercicio como patrimonio neto.
Por supuesto esta es mi opinión, la subvención que algún dia cobres forma parte actual de tu patrimonio neto, por tanto, debes reconocerla como tal en tu balance.

Saludos

Saludos

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#5

Aportada por:

Mariano Romero Montero

Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's

Trabaja en:

Asesor particular

11.04.08

Estimada Macarena,

Con independencia de las acertadas respuestas facilitadas por los asesores, yo haría lo siguiente:

448 a 130 en el momento de la concesión,

cuando presentes la justificación

130 a 725

y cuando recibas el ingreso

572 a 448

Un cordial saludo,

Mariano Romero
m_romero1@yahoo.com

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#6

Aportada por:

MANUEL NARANJO ALVAREZ

Especialista en contabilidad y fiscalidad www.enl-asesorat.es

Trabaja en:

Asesor particular

11.04.08

Del Literal del RD 1514/2007

Cuenta 130 Subvenciones oficiales de capital
“Las concedidas por las Administraciones Públicas, tanto nacionales como internacionales, para el establecimiento O ESTRUCTURA FIJA de la empresa (ACTIVOS NO CORRIENTES) cuando no sean reintegrables, de acuerdo con los criterios establecidos en las normas de registro y valoración. [...]”

Cuenta 485 Ingresos anticipados:
“Ingresos (no habla nada de cobros) contabilizados en el ejercicio que se cierra y que corresponden al siguiente.
Figurará en el pasivo del balance. [...]”


Saludos.-

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#7

Aportada por:

Oscar Cornelles

Responsable administrativo-financiero de ESAL

Trabaja en:

Asesor particular

11.04.08

Hola Macarena,

En la línea de lo que comentarios realizados, los voy a ampliar explicandote como lo realizamos nosotros:

1- Nos confirman las subvenciones, entran en nuestra contabilidad:
440 (Entidad que subveniona) a 485 (Ingresos a periodificar)
En la 485 realizamos una contabilidad analítica donde cada proyecto tiene un código.

2- Cobramos la subvención:
572 a 440

3- Para imputar los gastos que tenemos de la subvención independienteme de si son antes o después de cobrar los contabilizamos:
6 (gastos proyectos) a 572
Dentro de la cuenta 6 realizamos una contabilidad analítica donde cada proyecto tiene un código.

4- A final de año sumamos el total de gastos realizado para proyectos y ese importe es el que imputamos al ejercicio como ingresos.
485 a 7

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