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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Javier Cortijo Delgado

¿Cómo tenemos que hacer la contratación de dos personas para la asociación?

11.03.09

Somos una asociación que estamos bajo la Ley Gral.del impuesto de sociedades y no somos de utilidad pública.


Estamos pensando en contratar a 2 personas (una para llevar la administración y otra como monitora de teatro). Pretendemos que tengan un sueldo neto mensual de 200 €. ¿Cuáles son los pasos a seguir?. ¿Habría que hacerles una nómina mensualmente?. ¿Con qué tipo de retención?. ¿Cómo afectaría a estas personas en relación a la declaración de su renta?.


Muchísimas gracias. Un saludo.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Blanca Herrero de Egaña Muñoz-Cobo

BENEFACTOR (www.benefactor.es) Soluciones innovadoras para la gestión sostenible de entidades sin ánimo de lucro. Identificamos y ayudamos a desarrollar potencial para un mundo mejor.

Trabaja en:

Asesor particular

12.03.09

Hola Javier:

Creo que con la situación que planteas, lo que más os convendría sería firmar un contrato privado con estas personas, que deberían darse de alta como autónomos, y pagarles contra factura emitidas por dichas personas, con las deducciones y retenciones pertinentes.

A estas personas fiscalmente les afecta en el sentido de que tienen un incremento de ingresos, aunque como la cantidad es muy pequeña, no creo que den un salto en sus retenciones.

Espero haberte ayudado.

Un abrazo

Blanca

Blanca Herrero de Egaña Muñoz-Cobo
www.benefactor.es
Benefactor Innovación Social

solucionesong.org
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