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¿Cómo se reflejarían en nuestra contabilidad si concediéramos microcréditos?
15.03.06
En nuestra entidad estamos planteándonos conceder microcréditos, pero no sabemos cómo debemos tratarlos en nuestra contabilidad.
Muchas gracias.
Respuestas
Aportada por:
CONSULTOR TERCER SECTOR
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Asesor particular
17.03.06
Deberías tratarlos como si concedieses un préstamo a un tercero. Diferenciando en todo caso el largo plazo y el corto plazo
Javier López
FEDERTE
Opinión anónima
17.03.06
La concesión de MICROCRÉDITOS tiene la naturaleza de una INVERSIÓN FINANCIERA, ya sea ésta A CORTO PLAZO (si la amortización del crédito se produce durante el ejercicio corriente) o A LARGO PLAZO (si la amortización del crédito se produce durante los ejercicio siguientes).
En el caso de tratarse de MICROCRÉDITOS A CORTO PLAZO el registro contable sería de la forma:
1. En el momento de la CONCESIÓN
(5425XXXX) Microcrédito a corto plazo nº XXXX a (5720YYYY) Banco cta. Cte. Nº YYYY
Por el importe íntegro del microcrédito concedido.
2. Al LIQUIDAR los INTERESES
(5720YYYY) Banco cta. Cte. Nº YYYY
Por el importe LÍQUIDO percibido en concepto de INTERESES.
(4730XXXX) Retención a cuenta sobre intereses del Microcrédito nº XXXX
Por el importe de la RETENCIÓN A CUENTA soportada sobre los intereses.
a (7633XXXX) Intereses del Microcrédito nº XXXX
Por el importe INTEGRO de los intereses devengados.
3. Al producirse la DEVOLUCIÓN
(5720YYYY) Banco cta. Cte. Nº YYYY a (5425XXXX) Microcrédito a corto plazo nº XXXX
Por el importe íntegro del microcrédito concedido.
En el caso de tratarse de MICROCRÉDITOS A LARGO PLAZO el registro contable sería de la forma:
1. En el momento de la CONCESIÓN
(2525XXXX) Microcrédito a largo plazo nº XXXX a (5720YYYY) Banco cta. Cte. Nº YYYY
Por el importe íntegro del microcrédito concedido.
2. Al RECLASIFICARSE el Microcrédito según su vencimiento
(5425XXXX) Microcrédito a corto plazo nº XXXX
a (2525XXXX) Microcrédito a largo plazo nº XXXX
Por el importe del Microcrédito concedido a LARGO PLAZO cuyo vencimiento se producirá durante el ejercicio corriente.
3. Al LIQUIDAR los INTERESES PERIÓDICOS
(5720YYYY) Banco cta. Cte. Nº YYYY
Por el importe LÍQUIDO percibido en concepto de INTERESES.
(4730XXXX) Retención a cuenta sobre intereses del Microcrédito nº XXXX
Por el importe de la RETENCIÓN A CUENTA soportada sobre los intereses.
a (7623XXXX) Intereses a largo plazo del Microcrédito nº XXXX
Por el importe INTEGRO de los intereses devengados sobre la parte del microcrédito con vencimiento a largo plazo.
a (7633XXXX) Intereses a corto plazo del Microcrédito nº XXXX
Por el importe INTEGRO de los intereses devengados sobre la parte del microcrédito con vencimiento a corto plazo.
4. Al producirse la AMORTIZACIÓN PERIÓDICA
(5720YYYY) Banco cta. Cte. Nº YYYY a (5425XXXX) Microcrédito a corto plazo nº XXXX
Por el importe del microcrédito concedido con vencimiento a corto plazo.
5. Al producirse la RECLASIFICACIÓN ANUAL de los vencimientos
(5425XXXX) Microcrédito a corto plazo nº XXXX
a (2525XXXX) Microcrédito a largo plazo nº XXXX
Por el importe PENDIENTE DE AMORTIZACIÓN cuyo vencimiento se producirá durante el ejercicio inmediato siguiente.
NOTA: La codificación y denominación de las cuentas se basa en lo establecido en el REAL DECRETO 776/1998, de 30 de abril, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y las normas de información presupuestaria de estas entidades.
Espero que estas observaciones extraídas de mi práctica profesional - como Economista, Auditor y Consultor - le resulten de utilidad. Formule nuevas consultas para resolver sus dudas. Un atento saludo.