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Consultas Online

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Consulta formulada por:

María Dolores Hervás Molina

¿Cómo se finaliza relación laboral con una persona contratada para prestación de servicios sin que se haya cumplido la fecha de su contrato?

01.07.08

Queremos finalizar la relación laboral que temos con una persona contratada por prestación de servicios antes de que finalice su contrato interno. Ya se lo hemos comunicado a dicha persona y nos gustaría saber cómo se tiene que comunicar el fin de esa relación laboral, ¿es suficiente con una comunicación verbal o es necesario hacer algún trámite?

Gracias por vuestra ayuda.

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Respuestas

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#1

Suficiente

Aportada por:

Guido Osvaldo Asencio Gallardo

Contador Publico y Auditor, y Consultor Organizaciones de Base.

Trabaja en:

Asesor particular

03.07.08

Estimada María Dolores:
Junto con saludarle, el comentario que puedo hacer de vuestra pregunta, es que para terminar la relación laboral con esta persona, es necesario saber los motivos, que generalmente son por falta de presupuesto o por haber cometido alguna falta grave. Me voy a inclinar por la primera, es decir falta de presupuesto, porque no mencionas detalles del motivo de término de contrato, en este caso debes enviarle una carta que explique los motivos a la persona y otra a la inspección respectiva del trabajo. Para ello debes haber cancelado todos los derechos laborales que vuestro trabajador tiene a la fecha, es decir no debe quedar nada pendiente. Ahora pueden si ha quedado algo, pueden convenir con esa persona la forma de pago. Si te das cuenta se realiza una especie de post contrato, el que debe cumplir con el requisito básico de no transgredir los derechos de la persona en particular.

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#2

Respuesta del participante:

María Dolores Hervás Molina

03.07.08

lo que le he presentado al trabajador, recuerdo en prestación de servicios y por lo tanto es autónomo y a nosotros nos presentaba factura mensual de sus servicios con IRPF, es una carta informando de su finalización de servicios, un certificado de la Asociación explicando los servicios de tratamiento psicopedagógico que nos prestaba y el trabajador me ha presentado la factura de lo pendiente de pago. La carta al ir firmada por las dos partes, el trabajador la ha firmado aunque me ha puesto no conforme. ¿Está bien lo que hemos hecho por parte de la Asociación? ¿nos podremos encontrar con algún problema?

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#3

Aportada por:

Ramon Pamies

Abogado / Graduado Social / Consultor ONGs / Asesor fiscal / Experto informatico / etc

Trabaja en:

Asesor particular

17.07.08

La comunicacion debe ser siempre por escrito, con acuse de recibo por parte del empleado

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