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Consulta formulada por:
Cómo se debe recoger en la contabilidad el pago de una indemnización por despido objetivo mediante la entrega de inmovilizado
04.03.10
En el año 2009 tuvimos que cerrar un proyecto por la pérdida del convenio a través del cual se financiaba.
El pago de la indemnización a un trabajador se realizó mediante el acuerdo por ambas partes de entregar unas máquinas de carpintería cuyo valor contable era similar al importe de la indemnización. El valor de las máquinas excedía en 119,44 euros (esta diferencia la he llevado a una cuenta de pérdidas procedentes del inmovilizado).
Mi duda es si se puede llevar el gasto directamente contra la cuenta de inmovilizado o si se debe hacer un movimiento en el que se reconozca un ingreso contra una cuenta de deudores y que ésta sea la que compense el gasto de la indemnización.
Muchas gracias.
Respuestas
Suficiente
Aportada por:
Enrique Rua Alonso de Corrales
Profesor de contabilidad de la Universidad CEU San Pablo
Trabaja en:
Asesor particular
04.03.10
Estimada Rosa, en mi opinión se realizaría en un único asiento, dar de baja el inmovilizado por su valor contable o en libros, registrar la indemnización en la cuenta correspondiente del subgrupo 64 por el valor que le corresponda a esa indemnización, y la diferencia (en este caso negativa por 119,44 euros) llevarla como perdida procedente del inmovilizado material.
Un cordial saludo
Enrique
Muy buena
Aportada por:
Asesor económico contable
Trabaja en:
Asesor particular
06.03.10
Hola Rosa:
El asiento lo haría también único:
En el debe:
(641) por la indemnización
(671) Por el exceso del valor de la maquinaria
En el haber:
(223) por el valor contable de la maquinaria
No mencionas la posible amortización acumulada de la maquinaria. Si tuviera, en el Debe habría que cerrar lo acumulado con la subcuenta (2823), mientras que en el haber iría el total del valor de la maquinaria, esto es, por su precio de adquisición. Supongo que has simplificado y has contado el valor de la maquinaria como valor neto.
Saludos, Fabio
Opinión anónima
09.03.10
Hola Rosa,
Aunque más complicada, yo prefiero dividirlo en varios asientos, uno por cada hecho económico.
Por un lado la "venta" del inmovilizado, reflejando como "cliente" al trabajador.
Por otro lado el reconocimiento de una "remuneración pendiente de pago" por la indemnización al trabajador.
Y finalmente, la cancelación, por el acuerdo (documentado), de las cuentas acreedora y deudora.
De esta forma queda claro que ha sucedido.
Gracias
Respuesta del participante:
15.03.10
Muchas gracias por vuestras respuestas, me han sido muy utiles para aclararme.
No he mencionado la amortización porque partía del valor neto de la maquinaria, el hecho se produjo en marzo, y le apliqué la amortización correspondiente a esos tres meses.
Respecto a la posibilidad de hacer un asiento recogiendo la venta, mi duda es si en ese caso habría que haber incluido el IVA, ¿como nos afectaría? nosotros tenemos exención de IVA y no hacemos declaración.