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Consulta formulada por:
¿Cómo se contabilizan los movimientos en nuestra entidad, correspondientes a una subvención que vamos a destinar a un proyecto en Sudamérica?
08.11.05
Hemos recibido el parte del ingreso de una subvención concedida por la Administración Pública, la cual destinaremos a un proyecto de Sudamérica. ¿Cómo se realizaría el apunte contable de estos movimientos en nuestra entidad?
Muchas gracias
Respuestas
Opinión anónima
11.11.05
La adaptación del plan general de contabilidad a entidades sin fines lucrativos, en su norma de valoración 21ª, indica que en el momento en el que te conceden la subvención debes registrar un derecho de cobro sobre la entidad pública y como contrapartida un ingreso a distribuir en varios ejercicios: 132. Otras subvenciones, donaciones y legados.
El derecho de cobro lo vas dando de baja a medida que vayas cobrando, siguiendo la corriente monetaria.
La 132. la traspasas al resultado del ejercicio con abono a la 725.Subvenciones oficiales afectos a la actividad propia de la entidad imputadas al resultado del ejercicio, a medida que vayas ejecutando el proyecto, siguiendo la corriente económica de ejecución del proyecto.
Normalmente no coinciden la corriente monetaria (cobro de la subvención) y la corriente económica (ejecución del proyecto=gastos relacionados con el proyecto). La idea es correlacionar el ingreso de la subvención, con los gastos de ejecución del proyecto subvencionado. Otro tema distinto es la tesorería.
Opinión anónima
21.11.05
Estimado Gustavo:
Tal y como señala Iratxe la contabilización de las subvenciones recibidas de las Administraciones Públicas para financiar vuestros proyectos, y siempre que no sean reintegrables, se consideran como subvenciones corrientes, por lo que la cuenta a utilizar es la 132 “Otras subvenciones, donaciones y legados”.
Los movimientos a realizar serían los siguientes:
i) En el momento de la concesión de la subvención y por el importe concedido:
Cargo: Hacienda Pública deudor por subvenciones concedidas.
Abono: Otras subvenciones, donaciones y legados.
ii) Al recibir el dinero de la subvención:
Cargo: Bancos e instituciones de crédito c/c vista
Abono: Hacienda Pública deudor por subvenciones concedidas.
iii) Al cierre de la subvención y por la parte de la subvención devengada e imputada como ingreso en el mismo:
Cargo: Otras subvenciones, donaciones y legados.
Abono: Subvenciones oficiales afectas a la actividad propia de la entidad imputadas al resultado del ejercicio.
Un cordial saludo.
Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.