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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Alejandro López Rodríguez

¿Cómo se contabilizan las existencias que consideramos como pérdidas al final del ejercicio?

03.04.06

Nos gustaría saber como debemos contabilizar las existencias al final del ejercicio, cuando, las iniciales menos las vendidas dan un total de existencias que junto con las devueltas, hacen unas existencias finales que hay que considerarlas como pérdidas, ya que unas agendas del año 2005, pasado el mes de enero no valen para nada.

Gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

03.04.06

Cuando las Existencias tengan un valor de mercado inferior al coste de adquisición, pueden darse dos casos:
1) Que la pérdida de valor sea reversible: Es decir que, igual que han disminuido de valor, puedan ver aumentado su valor de mercado (no parece ser este el caso de las agendes de años anteriores). En este caso, habría que dotar la provisión por depreciación correspondiente (693/00 a 390/00)
2) Que la pérdida de valor sea irreversible: En este caso, y en el momento de realizar el inventario, se valoran a su precio de mercado (es decir, y en el caso concreto de las agendas del año 2005, a un valor próximo a cero). De esta forma, el beneficio o pérdida sufrida en el ejercicio vendría dada por la diferencia entre el valor de las Existencias Finales menos el de las Existencias Iniciales. En el caso de que las Existencias Finales tengan un valor superior a las Iniciales, se contabilizaría un beneficio, y en el caso de que las Existencias Finales tuviesen un valor inferior a las Iniciales se contabilizaría una pérdida.

Este parece ser el caso de las existencias correspondientes a las agendas del ejercicio 2005, suponiendo que su valor a 01/01/2005 fuese de 100 y que se considerase que a 31/12/2005 no tienen ningún valor, la contabilización sería la siguiente:

100 (610/00) a (300/00) 100

Donde 610/00 = Variación de Existencias.

Saludos.

Oscar López.

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#2

Opinión anónima

10.04.06

Estimado Alejando:

En función del principio de prudencia “los riesgos previsibles y las pérdidas eventuales con origen en el ejercicio o en otro anterior deberán contabilizarse tan pronto como sean conocidas”. En este supuesto hay que distinguir entre pérdidas “realizadas o irreversibles” que son aquellas bajas que por pérdida o deterioro van a suponer una disminución en el inventario, de las “reversibles o potenciales” que se dan en los casos en los que se produce una bajada de los precios del mercado por lo si tuviéramos que reponer las existencias, tal reposición sería más económica en este momento que cuando se adquirieron.

El caso que nos ocupa es el primero; la falta de uso de las agendas representan una disminución del inventario y, por consiguiente, al efectuar el ajuste de las cuentas del grupo 3, la pérdida quedará reflejada contablemente porque el abobo a “variación de existencias será inferior.

Ten presente también que en las normas de valoración se establece una corrección del valor de las existencias: “si la depreciación fuera irreversible, se tendrá en cuenta esta circunstancia al valorar las existencias. A estos efectos se entenderá por valor de mercado:
a)…
b) Para mercaderías y los productos terminados: su valor de realización, deducibles los gastos de comercialización que correspondan”.

Un cordial saludo.


Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.

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#3

Respuesta del participante:

Alejandro López Rodríguez

08.04.06

Encantado de la eficacia.
Saludos

solucionesong.org
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