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Consulta formulada por:
¿Cómo podríamos contratar durante 10 días a unos monitores que no están dados de alta como autónomos?
13.04.07
Vamos a necesitar contratar varios monitores para trabajos eventuales de unos diez días. Supongo que la fórmula ideal sería la de un contrato mercantil, pero algunos de los candidatos no están dados de alta como autónomos. Querría saber que opciones de contratación son aplicables en estos casos.
Muchas gracias.
Respuestas
Opinión anónima
16.04.07
yo haria un contrato por obra , pues asi la duracion de dicho contrato dependerá del tiempo que se precisé para la ejecuion del mismo .
Opinión anónima
16.04.07
Pues como bien dice Siddharta, un contrato por obra o servicio de duracción determinada. Eso si, esto conllevará unos gastos de seguridad social a la empresa, por lo que si los costes de la impartición del curso o taller vienen limitados por una subvención, debes tener en cuenta los costes de seguridad social a la hora de determinar el sueldo correspondiente al trabajador/a y el coste total del taller o curso. Tampoco debes olvidar la indemnización que debes dar al trabajador de 8 días por año de servicio correspondiente a esos días trabajados, ni su parte proporcional de paga extra.
Además deberás comunicar al trabajador el cese de la obra, a través de una “denuncia del contrato” (documento formal por el que una de las partes comunica el cese de la relación contractual. Se establece un período mínimo de 15 días para los contratos con duración determinada superior al año, y para los de menor temporalidad no se especifica nada, entendiéndose como tal el suficiente para que la otra parte haya quedado notificada.
Espero que te haya ayudado en algo… un saludo.
Opinión anónima
16.04.07
suscribo las respuestas dadas en cuanto a que podéis realizar un contrato de obra o servicio con autonomía y sustantividad propia de la actividad de la asociación , cuya causa sería la realización de una obra o servicio distinto al que desarrolla principalmente la organización
ya que para realizar un contrato eventual debe darse acumulación de tareas, exceso de pedidos o circunstancias de la producción
en ambos casos a la terminación del contrato hay una imdemnización de 8 días por año trabajado y una penalización si la duración de los mismos es inferior a 7 días
Aportada por:
Soy voluntaria en proyectos de personas mayores
Trabaja en:
Asesor particular
17.04.07
Un contrato por obra o servicio de duracción determinada. Con la cotización a la Segurida Social .
Final de contrato, la parte proporcional de las pagas extres (finiquito)..salut
Opinión anónima
19.04.07
yo haria un contrato por obra , pues asi la duracion de dicho contrato dependerá del tiempo que se precisé para la ejecuion del mismo .