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Consultas Online

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Consulta formulada por:

José Joaquín solleiro Vilches

¿Cómo podemos contabilizar correctamente las cuotas de los socios con diferente periodicidad?

04.12.17

Hola:

Somos una asociación sin animo de lucro (Protectora animales) que hemos iniciado la actividad en este año 2017.

Al objeto de contabilizar correctamente las cuotas de los socios para el año 2018, les ruego me indiquen cómo debo contabilizarlas, teniendo en cuenta que la periodicidad de las cuotas, pueden ser mensuales, trimestrales, anuales, etc.

Les informo que no tienen IVA, toda vez que no ofrecemos contraprestación de servicios.

Gracias.

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Respuestas

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#1

Excelente

Aportada por:

Víctor J. Valer García

Contable. Asesoramiento Contable, Fiscal y Financiero.

Trabaja en:

Asesor particular

05.12.17

Buenas José Joaquin.

Para llevar la contabilidad de las entidades sin fines lucrativos existe un PGC adaptado al propio sector. Dentro de su cuadro de cuentas en las cuentas del grupo 72. se contabilizan los Ingresos Propios de la Entidad. A su vez dentro de estas, existe la cuenta 720. Cuotas de Asociados y Afiliados, la cual sería la idónea para registrar el ingreso por las cantidades aportados por vuestros socios.

Si separar las cuotas trimestrales, de anuales por ej. podéis crear dentro de esta cuenta 720., diferentes subcuentas para reflejar cada ingreso para distintas periodicidades.

El asiento típico sería el siguiente:

- Por el ingreso del socio, (se suelen crear subcuentas de socios individualizada para cada uno)
€€€ Afiliados (4482.) A (720.) Cuotas de Asociados y Afliados €€€
- Por el cobro de la cuota
€€€ Bancos/Caja (572. o 570.) A (448.)Afiliados €€€

Espero que sirva para aclarar la duda.

Un saludo!.

Víctor J.

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#2

Opinión anónima

05.12.17

Salvo mejor opinión, les es de aplicación lo establecido por la Resolución de 26 de marzo de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría
de Cuentas, por la que se aprueba el Plan de Contabilidad de pequeñas y
medianas entidades sin fines lucrativos.

Las partes CUARTA, Cuadro de cuentas (páginas 26179 a 26200 de la Resolución), y QUINTA, Denominaciones y relaciones contables (páginas 26200 a 26289 de la Resolución), no son de aplicación obligatoria pero sirven de referencia para que cada entidad cree su propio Cuadro de cuentas.

Utilizando como referencia el Cuadro de cuentas contenido en la Resolución, que pueden descargarse en el enlace siguiente:

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2013-3736

Las cuentas aplicables serían las siguientes:

4482. Afiliados
7202. Cuotas de afiliados
572X. Banco X cta. cte. en euros
6552. Pérdidas de créditos incobrables derivados de las cuotas de los afiliados.

El funcionamiento de la cuenta 4482. Afiliados sería el siguiente:

“4482. Afiliados.
Créditos con afiliados por las cantidades a percibir para
contribuir a los fines de la actividad propia de la entidad, en particular las donaciones y legados.
Figurará en el activo corriente del balance.
Con carácter general, su movimiento es el siguiente:
a) Se cargará por las cantidades a percibir con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 72.
b) Se abonará:
b1) Por la cancelación total o parcial de las deudas, con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 57.
b2) Por la parte que resultara definitivamente incobrable, con cargo a la cuenta 6552.”

El funcionamiento de la cuenta 7202. Cuotas de afiliados sería el siguiente:
“7202. Cuotas de afiliados.

Cantidades de carácter periódico y cuantía determinada, percibidas por cuotas de
personas afiliadas a la entidad.

Se abonará por el importe de los ingresos, con cargo, generalmente a la cuenta
4482.”

El funcionamiento de la cuenta 6552.
“6552. Pérdidas de créditos incobrables derivados de las cuotas de los afiliados.
Pérdidas por insolvencias firmes de las cuotas de los afiliados.
Se cargará por el importe de las insolvencias firmes, con abono a la cuenta 4482.”

Al tener cuotas con distinta periodicidad se crearían cuentas diferentes para cada una de las periodicidades establecidas. Por ejemplo:
(448201) Afiliados con cuota anual
(448203) Afiliados con cuota trimestral
(448206) Afiliados con cuota semestral
(448212) Afiliados con cuota mensual

Lo mismo podría hacerse con la cuenta (7202) Cuotas de afiliados.

Por lo tanto, el registro contable sería de la siguiente manera:
(448201) Afiliados con cuota anual a (720201) Cuotas anuales de afiliados
(448203) Afiliados con cuota trimestral a (720203) Cuotas trimestrales de afiliados
(448206) Afiliados con cuota semestral a (720206) Cuotas semestrales de afiliados
(448212) Afiliados con cuota mensual a (720212) Cuotas mensuales de afiliados
Por el importe de las cuotas de los afiliados devengadas correspondientes a cada periodo de vencimiento temporal.

(572X) Banco X, cta. cte. en euros a (4482YY) Afiliados con cuota YY
Por el importe de las cuotas de los afiliados cobradas.

(6552) Pérdidas de créditos incobrables derivados de las cuotas de los afiliados
a (4482YY) Afiliados con cuota YY
Por el importe que resulte definitivamente incobrable de las cuotas de afiliados de vencimiento mensual, trimestral, semestral o anual.

Un atento saludo.

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#3

Respuesta del participante:

José Joaquín solleiro Vilches

06.12.17

Todo aclarado. muchas gracias

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#4

Respuesta del participante:

José Joaquín solleiro Vilches

06.12.17

Todo aclarado. muchas gracias

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#5

Respuesta del participante:

José Joaquín solleiro Vilches

06.12.17

gracias

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