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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en el anonimato

¿Cómo justificamos la ejecución de esta subvención?

30.11.18

Hola:

Mi consulta es sobre un subvención. Tenemos dudas que ni siquiera el propio servicio concedente sabe respondernos. Pero no nos gustaría llegar al momento de la entrega de la Memoria e incurrir en errores o irregularidades.

Os comentamos a continuación:

Presentamos un proyecto para una subvención. El proyecto era de 21.570 euros total (en la consulta no influye la cantidad a aportar por el ayuntamiento y el 20% que debe aportar la entidad adjudicataria).

Según las bases de la convocatoria, se podía concurrir a 2 líneas de subvención diferenciadas, A y B (con presupuestos diferentes), además de que cada una de estas líneas, tenían a su vez 4 líneas de actuación (1, 2, 3, y 4).

La verdad es que es una subvención caótica donde han querido dar cobertura a todo con un ínfimo aporte presupuestario. La subvención a conceder (en régimen de concurrencia competitiva) era de 20.000 euros.

Presentamos un proyecto para la línea de subvención A, por valor de 21.570 euros, para lo que solicitamos subvención de 17.256 euros (el 80% según bases de la convocatoria).

Desglosamos el proyecto en A2- por valor de 920 euros. A3- por valor de 4.660 euros y A4- por valor de 11.730 euros.

Nos concedieron una subvención de 9.615 euros (debiendo por tanto justificar + 20% en la memoria final, 11.538 euros). En el Ayuntamiento nos dicen, que la subvención concedida es por el total del proyecto, sin sabernos especificar si hay que ejecutar parte de las tres líneas proyectadas por nosotros.

El caso es que para la ejecución de la línea A2- necesitamos el total de lo proyectado, al igual que para la línea A3, siendo sólo posible con la cantidad concedida realizar prácticamente en su totalidad la ejecución de A4-.

Siendo así, nuestra pregunta es: ¿tendríamos que comunicarlo? ¿Hay alguna norma al respecto?

En las bases de la convocatoria no se refiere a la ejecución del proyecto en sí, sino a la presentación de una memoria final justificativa de haber llevado a cabo el proyecto.

En estas circunstancias, sólo estamos capacitados para ejecutar y justificar íntegra y eficientemente la línea A4-.

No sé si me he explicado bien, o si podéis echar luz a esto.

Muchas gracias de antemano. Un saludo.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Rayo Rayo

Trabaja en:

Asesor particular

03.12.18

Respuesta que puedo ofrecer.
El art. 30 de la LGSubvenciones establece el método de justificación, desarrollado en el RD. El art. 17.3.l LGSubvenciones establece que puede variarse la subvención en caso de variar las circunstancias de su concesión.
En desarrollo de todo ello y ante el principio de buena fe podría articularse un escrito de aceptación de la subvención concedida pero indicando a cuál de los proyecto se aplicará dado que no ha sido concretado en su otorgamiento. De esta manera si se entrega y no se contesta nada por el Ayuntamiento se tiene la garantía de haberse actuado de buena fe y que debieron modificar las concesión de la subvención por cambio de las circunstancias y no haberlo hecho conlleva la aplicación de lo presentado por escrito posterior.
Desde luego suena a error por el Ayuntamiento tanto en las bases como en la concesión, pero en cualquier caso conlleva un efecto negativo de riesgo a vuestra asociación en caso de cambio de criterio ante la ulterior petición de devolución de la subvención por falta de aplicación a la totalidad de los proyectos inicialmente presentados, lo que daría a un procedimiento contradictorio al respecto cuyo elemento esencial sería la responsabilidad del Ayuntamiento en el procedimiento seguido y la buena fe aportada por la Asociación en la aplicación de la subvención conforme a las bases de la misma, con efecto del escrito aclaratorio.

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#2

Opinión anónima

03.12.18

Muchísimas Gracias. Esto me ha sido de gran ayuda.
Un saludo

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