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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Coordinador Ecologista de La Vall D'Albaida

¿Cómo debo contabilizar una aportación económica que hace una asociación desde su cuenta a la cuenta bancaria de la federación a la que pertenece?

12.07.06

Una de las Asociaciones que pertenece a nuestra Coordinadora Ecologista de la Vall d’Albida ha donado una cantidad económica a nuestra cuenta bancaria por razones internas. ¿Podríais decirme como debo contabilizar este asiento de la forma mas sencilla?.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Excelente

Aportada por:

Diego Lejarazu

Técnico de proyecto.

Trabaja en:

Fundación Hazloposible

26.07.06

Hola Leticia,

Si este dinero se ha recibido en concepto de donación y el gasto asociado se va a realizar en el ejercicio en curso la forma más sencilla de contabilizarlo sería:
570/2 Caja o bancos a 726 Donaciones y legados afectos a la actividad

Aunque es conveniente realizar un asiento previo donde se reconozca la donación:
447 Deudores a 132 Otras subvenciones, donaciones y legados

Y luego en el momento del cobro se hacen dos asientos:
570/2 Caja o bancos a 447 Deudores
132 Otras subvenciones, donaciones y legados a 726 Donaciones y legados afectos a la actividad (por la parte del ingreso que corresponda al ejercicio en curso)

Este tipo de asientos sólo se debe usar si el cobro se debe a una donación y no corresponde a una cuota de asociado, un préstamo o la prestación de un servicio.

Saludos
Diego Lejarazu

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#2

Opinión anónima

01.08.06

Estimada Leticia:

Para la asociación la alternativa más sencilla sería utilizar la cuenta 651 “Ayudas monetarias a entidades” en la que se contabilizaría el importe de las prestaciones de carácter monetario concedidas a entidades y realizadas en cumplimiento de los fines propios de la entidad.

En vuestro caso el ingreso lo deberíais recoger en el momento en que se haga la donación y por el importe de la misma en la cuenta 131 “Donaciones y legados de capital” y, en el momento de la imputación de resultados, en la cuenta 756 “Donaciones y legados afectos a la actividad propia de la entidad imputados al resultado del ejercicio”.

Un cordial saludo.


Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.

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