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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Rasedo Rodrigo Magro

¿Cómo debemos registrar en nuestra contabilidad el inmovilizado material en curso?

05.02.07

Nuestra asociación, recibió una subvención plurianual (3 años) para la construcción de un nuevo centro. La duración de la construcción se ha ido realizando al tiempo que se iba recibiendo el importe de la subvención.

La asociación acordó un precio por la construcción, con lo cual, la constructora es la encargada de aportar el material, pagar el salario a sus trabajadores, etc.

¿Serían correctos los siguientes asientos contables por la construcción?

Debe:

229) Inmovilizaciones en curso

472) hp IVA soportado

Haber:

a) 523 Prov. Inmovilizado

a) 173 Prov. Inmovilizado a l/P

Y cuando se acabe la obra:

Debe:

221)

Haber:

a) 229) por el importe total.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Enrique Rua Alonso de Corrales

Profesor de contabilidad de la Universidad CEU San Pablo

Trabaja en:

Asesor particular

06.02.07

Estimada Rasedo, efectivamente al estar realizando una construcción a través de una constructora cuando hagais los correspondientes pagos a la misma debeis contabilizar en la cuenta (229) Inmovilizaciones en curso por el importe al contado y el IVA en la correspondiente al IVA soportado.
En el momento de finalizar la construcción el saldo de la cuenta (229) Construcciones en curso, lo traspasais integramente a la (221) Construcciones, y a partir de la fecha en que la construcción esta en condiciones de funcionamiento comenzais la amortización de la misma en función de su vida útil (no antes porque los inmovilizados en curso no se amortizan), además como teneis una subvención de capital afecta al inmovilizado contabilizada en la correspondiente cuenta del subgrupo (13), por ejemplo la (131) Subvención de capital, la debereis imputar a resultados en la misma proporción que vayais amortizando el bien de inmovilizado.
Espero haberte servido de ayuda
Un cordial saludo
Enrique Rúa
Profesor de contabilidad de la Universidad CEU San Pablo

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#2

Opinión anónima

06.02.07

Se estará a lo previsto en el REAL DECRETO 776/1998, de 30 de abril, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y las normas de información presupuestaria de estas entidades.

229. Inmovilizaciones materiales en curso y anticipos.

Inmovilizaciones en adaptación, construcción o montaje al cierre del ejercicio, así como las entregas a proveedores de inmovilizado material, normalmente en efectivo, en concepto de “a cuenta” de suministros, obras y trabajos futuros.

Su movimiento es el siguiente:

a) Se cargará:

a1) Por la recepción de obras y trabajos que corresponden a las inmovilizaciones en curso.

a2) Por las obras y trabajos que la entidad lleva a cabo para sí misma con abono a la cuenta 733.

a3) Por las entregas en efectivo a los proveedores, con abono a cuentas del subgrupo 57.

b) Se abonará:

b1) Una vez terminadas las obras y trabajos, con cargo a cuentas del subgrupo 22.

b2) Por los suministros recibidos de los proveedores “a conformidad”, con cargo, generalmente, a cuentas de este subgrupo.

Un atento saludo.

Adolfo T. Dochado
Economista - Auditor
Censor Jurado de Cuentas
Socio-Director de ECOVIS WIRTSCHAFTSPRÜFER, S. L.

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