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Consulta formulada por:
¿Cómo debemos presentar el balance de sumas y saldos en el libro de cuentas anuales, en un listado único o fraccionado por trimestres?
19.06.06
En la presentación del libro de cuentas anuales ante el protectorado, ¿como se presenta el balance de sumas y saldos? ¿es mejor presentarlo en un listado único del 01/01 al 31/12 o mejor fraccionado por trimestres naturales?
Gracias.
Respuestas
Excelente
Aportada por:
Técnico de Auditoría y Contabilidad del Ministerio de Hacienda. Licenciado en Derecho
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Asesor particular
19.06.06
El artículo 28.1 del Código de Comercio, redactado conforme a las modificaciones introducidas por la Ley 19/1989, de 25 de julio, establece que:
“El Libro de Inventarios y Cuentas anuales se abrirá con el balance inicial de la empresa (fundación). Al menos trimestralmente se transcribirán con sumas y saldos los balances de comprobación. Se transcribirán también el inventario de cierre de ejercicio y las cuentas anuales”.
La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones de Competencia Estatal, establece en el artículo 25.1, la obligatoriedad de llevanza del Libro de Inventarios y Cuentas anuales, entre otros, aunque no fija su contenido, lo cual es obvio y lógico, ya que esta materia se encuentra regulada por el Derecho Mercantil, en la forma expresada.
luisbarato@wanadoo.es
Opinión anónima
20.06.06
El BALANCE es una VISIÓN ESTÁTICA del Patrimonio de la empresa y siempre está REFERIDO A UNA FECHA concreta.
Así pues, el BALANCE DE SUMAS Y SALDOS (o de comprobación) estará referido a una fecha determinada: 31 de diciembre de 2005, 31 de marzo de 2006, 30 de junio de 2006, 30 de septiembre de 2006 y 31 de diciembre de 2006; si nos referimos al ejercicio corriente.
No se puede elaborar un BALANCE FRACCIONADO POR TRIMESTRES, por cuanto siempre se referirá a la situación ACUMULADA hasta el final de un trimestre.
Un atento saludo.