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Consulta formulada por:
¿Cómo debemos contabilizar una subvención que nos han concedido para el mantenimiento de tres puestos de trabajo durante tres años?
31.01.07
La Consejería de Empleo nos ha concedido una subvención para el mantenimiento de tres puestos de trabajo al pasar de un contrato eventual a fijo. Nos gustaría que nos informarais cómo debemos registrar esta subvención en nuestra contabilidad, ya que tenemos dudas de si contabilizarlo como un ingreso del ejercicio o hay que distribuirlo a lo largo de los tres años.
Muchas gracias.
Respuestas
Excelente
Aportada por:
Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's
Trabaja en:
Asesor particular
01.02.07
En el momento en que os conceden la subvención
470 a 13 por el total de la subvención
según os vayan abonando la subvención
572 a 470
Cada año por la parte ejecutada
13 a 72
Espero haber contestado a tu consulta.
Opinión anónima
01.02.07
Estimado Cristóbal:
Cuando se recibe una subvención de una administración pública para el establecimiento o estructura fija de la entidad, hay que realizar los siguientes movimientos:
a) Cuando se concede la subvención y por el importe de la subvención concedida:
Cargo: Tesorería/Administraciones Públicas (Hacienda Pública, deudo por subvenciones concedidas).
Abono: Subvenciones oficiales de capital
b) Al cierre del ejercicio, y por la parte de la subvención devengada e imputada como ingreso en el mismo:
Cargo: Subvenciones oficiales de capital
Abono: Subvenciones, donaciones y legados traspasados al resultado del ejercicio.
Un cordial saludo.
Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.
Excelente
Aportada por:
Enrique Rua Alonso de Corrales
Profesor de contabilidad de la Universidad CEU San Pablo
Trabaja en:
Asesor particular
02.02.07
Estimado Cristobal, en mi opinión el objetivo de la subvención es el de cubrir los puestos de trabajo y por tanto compensar el gasto contable que supone los gastos de personal para vuestra entidad. Aunque en principio se trate de una subvención para compensar gastos de la actividad y por tanto calificada contablemente como subvención a la explotación, sin embargo y dado que el gasto contable va a darse durante 3 años distintos, es decir, tres periodos contables, lo más acertado sería distribuir el ingreso durante los tres años, es decir llevarlo como ingreso diferido a una cuenta del subgrupo (13) “Ingresos a distribuir en varios ejercicios” tal y como te proponen Mariano y Agustín en sus respuestas, aunque no sería del todo correcto el uso de la cuenta (130) “Subvención oficial de capital”, ya que no se trata de una subvención de capital, es decir, el destino de los fondos no es la adquisición de bienes de inmovilizado, pero el cuadro de cuentas no recoge ingresos diferidos para subvenciones a la explotación, sin embargo si creo que el ingreso debe ser diferido y por tanto utiliza las cuentas del subgrupo 13 de subvenciones de capital para que la imputación a resultados sea la correcta.
Espero haberte servido de utilidad.
Enrique Rúa
Profesor de la Universidad CEU San Pablo