Consultas Online
Consulta formulada por:
Cómo debemos contabilizar una donación
21.10.09
Recibimos documento de aprobación de una donación solicitada para un proyecto concreto, con plazos marcados para abonar en nuestra cuenta.
¿Qué asientos tenemos que hacer?, ¿447 a 726 cuando no la aceptan y 57 a 447 cuando lo pagan?.
Gracias.
Respuestas
Excelente
Aportada por:
Asesora voluntaria
Trabaja en:
Asesor particular
22.10.09
Hola Estrella;
Ok. perfecto.
Saludos, Eva
Excelente
Aportada por:
Enrique Rua Alonso de Corrales
Profesor de contabilidad de la Universidad CEU San Pablo
Trabaja en:
Asesor particular
22.10.09
Estimada Estrella, en principio con los datos que me das, esos ingresos o donaciones puntuales que no tienen un destino concreto ya que imagino que los donantes no ponen condiciones en el destino de los fondos, habrá que llevarlos como ingresos contables a su devengo (no a su cobro aunque en este caso al tratarse de donaciones puntuales de particulares el devengo se entenderá cuando sean recibidas).
De forma que debereis contabilizar:
XX (572) Bancos
a (726) Donaciones y legados XX
He utilizado cuentas de ingresos del subgrupo (72) del plan contable adaptado porque entiendo que aunque ya estais aplicando el PGC 2007 el subgrupo (72) lo estais respetando.
Un cordial saludo
Enrique
Excelente
Aportada por:
Asesora voluntaria
Trabaja en:
Asesor particular
22.10.09
Hola Estrella;
Totalmente de acuerdo con el compañero Enrique, solo que si el documento de aprobación de la donación tiene fecha distinta al ingreso, pienso que tu forma de proceder es la correcta.
Saludos, Eva
Excelente
Aportada por:
Economista, Abogado, Auditor de Cuentas
Trabaja en:
Asesor particular
22.10.09
Estimada Estrella, mi criterio es el siguiente, estoy de acuerdo con lo comentado por los compañeros. Si acaso apuntar que si existe un cierre de ejercicio y no habís ejecutado el proyecto en su totalidad, debereis reconocer en el Patrimonio neto ( subgrupo 13, subvenciones, donaciones y legados) el importe que se ejecutará en el ejercicio siguiente de forma que se cumpla el principio de correlación de ingresos y gastos, ( que aunque en el nuievo PGC no aparece como tal, está implícito en las Normas de valoración).
Por tanto, para contabilizar las subvenciones:
1.- Al recibir la notificación: subgrupo 44 o 47 a subgrupo 13.
2.- Al cobrarla: subgrupo 57 a 44 ( ó 47).
3.- Al ejecutarla: grupo 6 ( 64 ó 62 ó 65) a subgrupo 41 ( ó 465 ó 40).
4.- Al pagar los gastos de ejecución ( subgrupo 41 ( ó 465 ó 40) a subgrupo 57.
5.- Al aplicar el porcentaje de subvención real realizada: subgrupo 13 a subgrupo 72. Siempre en función del porcentaje de subvención realizada.
De esta manera, quedará en el subgrupo 13 el importe de la subvención que no habeís ejecutado y por tanto, será Patrimonio neto de tu organización.
Además la cuenta de pérdidas y ganancias reconocera el verdadero resultado de vuestras operaciones anuales.
Espero haberte ayudado.
Saludos
Javier MArco