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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Andrea Eguiluz Madero

¿Cómo debemos contabilizar una donación conseguida a través de una recolecta?

20.07.05

Un grupo de tiempo libre de un parroquia, por medio de una recolecta, ha conseguido una cantidad de dinero para que nuestra asociación lo emplee en un proyecto de cooperación que llevamos acabo en América Latina.

Nos gustaría saber si debemos contabilizarlo como una donación o cómo lo tenemos que registrar en nuestras cuentas.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

21.07.05

Hola Andrea,

Este dinero que habeis recibido tal como indicas se trata de una donacion, es decir, una “entrega voluntaria”.
La forma de contabilizarlo sería haciendo una entrada de dinero en Caja o Bancos con contrapartida a la cuenta (132.12) “Donaciones y legados de capital, Afectos a la actividad mercantil”.
Este dinero quedará registrado por lo tanto en esta cuenta donde después lo tendréis por medio de otro asiento, aplicarlo al proyecto que según comentas irá destinado.

Un cordial saludo,

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#2

Opinión anónima

21.07.05

Yo utilizaria la subcuenta 1311 “Donaciones y Legados de Capital afectos a la ACTIVIDAD PROPIA”, porque supongo que el proyecto de cooperacion que teneis en america latina no lo considerais actividad mercantil.

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#3

Opinión anónima

21.07.05

Salvo mejor opinión, las cantidades recibidas en una recolecta NO TIENEN LA NATURALEZA JURÍDICA NI DE DONACIÓN NI DE LEGADO.

Así pues, la contrapartida de las cuentas (570) y/o (572) será una SUBCUENTA creada al efecto de la partida “722. Promoción para captación de recursos.”

La adaptación del PGCE para las ESAL (REAL DECRETO 776/1998, de 30 de abril, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y las normas de información presupuestaria de estas entidades) establece que en esta partida se recogerán:

“Ingresos derivados de campañas para la captación de recursos en sus diferentes modalidades, tales como operaciones en participación u otros ingresos análogos distintos del patrocinio. A estos efectos podrán crearse cuentas de cuatro o más cifras para campañas y modalidades diferentes.”

Espero que estas observaciones extraídas de mi práctica profesional - como Economista, Auditor y Consultor - le resulten de utilidad. Formule nuevas consultas para resolver sus dudas. Un atento saludo.

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#4

Opinión anónima

26.07.05

Estimada Andrea:

En el RD 776/1998 al referirse a la cuenta de resultados distingue los diferentes tipos de ingresos derivados de la actividad propia de la entidad. Así se hace referencia a cuotas de usuarios (720), cuotas de afiliados (721), promoción para la captación de recursos (722), ingresos de patrocinadores y colaboraciones (723), subvenciones oficiales afectas a la actividad propia de la entidad imputadas al resultado del ejercicio (725), Donaciones y legados afectos a la actividad propia de la entidad imputados al resultado del ejercicio (726) e ingresos por reintegro de ayudas y asignaciones (728).

De todas las partidas anteriores es la 722 la más adecuada para registrar las cantidades obtenidas en una colecta realizada en beneficio de la entidad para financiar un proyecto determinado.

Un cordial saludo.


Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.

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