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Consulta formulada por:
¿Como debemos contabilizar un renting de un portátil?
30.06.10
¿Como debemos contabilizar un renting de un portátil?
Y, cuando termina el periodo del renting en el que podemos devolver el portátil, y nos devuelven el dinero, ¿cómo debemos contabilizarlo?
Un saludo y gracias
Respuestas
Aportada por:
Director Financiero
Trabaja en:
Asesor particular
30.06.10
Buenos días Isabel.
Yo optaría por la solución fácil. Si sólo estamos hablando de un portátil la cuota a pagar no puede ser muy elevada.
Yo lo trataría como un alquiler: cargo a la 621-**** y abono a la 410-**** que corresponda. Es interesante individualizar las partidas de gasto si pagáis más de un alquiler.
Lo de devolver el dinero lo entiendo como una fianza que se realiza en el momento inicial y que, a vencimiento, se devuelve. Tratadlo como tal: 260-**** contra 572-****. En el momento de la devolución, el asiento se invierte: 572-**** contra 260-****. En el caso de las fianzas también resulta interesante individualizar las cuentas.
Esta respuesta no es vinculante.
Un saludo.