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Consulta formulada por:
¿Cómo debemos contabilizar el importe de la realización de terapias?
15.02.12
Somos una Asociación de Parkinson y hacemos terapias como Fisioterapia, Logopedia, Psicoterapia, masajes, etc y todo esto no nos lo cubre la Sanidad, pero nuestra asociación está exenta de IVA.
¿De qué manera se podría contabilizar esto? ¿como un donativo?
Gracias
Respuestas
Excelente
Aportada por:
Servicios en contabilidad/Fiscalidad/RRHH/Seguros/Consultoría Web
Trabaja en:
Servicio Premium - Asesoría Debe Haber Asociaciones S.L.
17.02.12
Buenas tardes,
Según entiendo la pregunta lo que haceis es prestar servicos aunque están exentos de iva, eso no quiere decir que sean donativos.
Seria mejor contabilizarlos como prestación de servicios, en cuentas del grupo 705.
Espero haberos entendido y contestado a vuestra pregunta.
Un saludo.
Silvia Alvarez
www.debehaberasociaciones.com
Excelente
Aportada por:
CONSULTOR TERCER SECTOR
Trabaja en:
Asesor particular
18.02.12
Comparto la opinión de Silvia pero recordarles que para legalizar la prestación de servicios deben realizar los trámites oportunos como una actividad empresarial más: dar de alta la actividad en el censo de la AEAT; en el IVA; solicitar la correspondiente licencia de apertura, etc
Respuesta del participante:
03.03.12
Está muy bien entendida la pregunta y supongo era la respuesta que esperaba, está todo arreglado, gracias por todo han sido muy rápidos en contestar y muy amables.
Gracias.
Mary Carmen Escrivá